Comunidad de edificio

Negativa a conceder autorización de uso como salón de belleza de una unidad que tiene destino comercial en un edificio, es arbitraria e ilegal y vulnera el derecho de propiedad.

Dado que la propiedad del actor tiene un destino comercial, la negativa denunciada, basada en motivos que contradicen los efectos inherentes a dicha naturaleza, carece de justificación, especialmente cuando se fundamenta en reglas no establecidas en el reglamento de copropiedad. Lo anterior transgrede el derecho de propiedad que establece que nadie puede ser privado de sus facultades esenciales de dominio, salvo en casos previstos por la ley, como la expropiación por interés general.

16 de enero de 2025

Argentina.

Cañerías de condominio son una cosa común cuya mantención y reparación corresponde a la comunidad de propietarios, aunque estén ubicadas dentro de un inmueble particular.

Si son cosas necesariamente comunes, el responsable de su mantenimiento y reparación es siempre la comunidad. Esta debe adoptar todas las medidas necesarias y convenientes para evitar el agravamiento y/o producción de daños, de manera que el propietario sólo respondería en la medida en que hubiese impedido la reparación.

31 de marzo de 2023
Por la emergencia sanitaria.

Corte de Apelaciones de Santiago acogió el recurso de protección presentado en contra de la administración de la comunidad del edificio que impuso restricciones de ingreso de visitas.

El Tribunal de alzada acogió la acción constitucional y, en consecuencia, dejó sin efecto toda medida restrictiva adoptada por la parte recurrida, tras establecer que dichas medidas no se encuentran previstas en el reglamento de la comunidad y que son, además, atentatorias al derecho de propiedad al coartar el uso y goce de los inmuebles.

12 de mayo de 2021