Comunidad LGBTI+

Despido no es nulo por no encontrarse vulnerada su libertad de expresión.

Despido de trabajador que profirió expresiones “homofóbicas” durante el día el Orgullo LGBT es improcedente, resuelve un tribunal español.

La conducta desarrollada por el actor no puede enmarcarse dentro del ámbito de la libertad de expresión que todos pueden ejercer según la Constitución, ya que desarrolló en el correo electrónico no cuestionado un discurso relativo al colectivo homosexual que tendía a difamar públicamente a un grupo de personas por razón de su orientación sexual.

22 de mayo de 2024
Amparo rechazado por inactividad procesal.

Caducidad de la instancia no puede ser revocada por la mera aplicación de la perspectiva de género pues ello conllevaría establecer “una situación de privilegio”, resuelve un tribunal argentino.

La idea de interpretar la caducidad “con mayor flexibilidad” a partir de “una mirada distinta, es decir, con perspectiva de género”, conllevaría a prescindir de la inacción procesal verificada por un plazo que no se condice con el carácter expedito del amparo y a establecer una situación de privilegio soslayando la aplicación de las normas procesales que rigen el caso.

6 de enero de 2024