Con voto en contra

No procede acción de precario si la tenencia se origina en un contrato de arrendamiento con promesa de compraventa celebrado con el anterior propietario del inmueble.

El título esgrimido corresponde a un contrato de arrendamiento con promesa de compraventa de 2014 celebrado con el antecesor en el dominio de la actora respecto del inmueble, lo que permite inferir que la ocupación que de aquel hace la demandada lo es conforme a un título que la justifica, no por ignorancia o mera tolerancia de la actora, por lo que la acción intentada no pudo ser acogida; debiendo la actora deducir las acciones que correspondan para recuperar la propiedad.

21 de enero de 2025

Cómputo del plazo de prescripción de la acción de reconocimiento de relación laboral comienza una vez se ha puesto término a dicha relación.

3 de enero de 2025
Resolvió que el derecho a reclamar el reconocimiento de una relación laboral que es desconocida por el empleador puede ser impetrada no sólo durante toda su vigencia, sino también después de su finalización, pero en ambos casos, solo procede alegar la excepción de prescripción de la acción, de dos años contados desde la época en que se le puso término, según la correcta interpretación del inciso primero del artículo 510 del Código del Trabajo.
Recurso de casación en el fondo acogido, con votos en contra.

No hay inactividad de la demandante si la causa pende en segunda instancia por haberse elevado en apelación, resuelve la Corte Suprema.

Las actuaciones realizadas en segunda instancia tienen el carácter de gestiones útiles para la prosecución del juicio, considerando el proceso como una unidad, de suerte tal que no es posible atribuir un reproche de inactividad a la parte demandante, en tanto la causa penda en segunda instancia por haber sido llevada a ella por la apelación de la propia demandada.

27 de diciembre de 2024
Requerimiento de inaplicabilidad rechazado con votos en contra.

Normas que permiten al Ministerio Público comunicar la decisión de no perseverar en el procedimiento y que impiden al querellante forzar la acusación, no producen resultados contrarios a la Constitución

Resolvió que, en materia penal, los derechos de las víctimas no otorgan un derecho subjetivo a actuar directamente en el proceso, ya que la acción penal persigue un interés público. Agregó que la formalización es un requisito para que el querellante pueda acusar, pues es el Ministerio Público quien dirige la investigación, lo que garantiza un proceso justo y evita la privatización de la acción penal.

26 de diciembre de 2024
Recurso de casación en el fondo acogido, con voto en contra.

Gestiones de peritos en procesos donde se discute la indemnización por expropiación son útiles para la prosecución del juicio e interrumpen plazo de inactividad para decretar el abandonado el procedimiento.

Se tuvo en consideración que el artículo 14 del Decreto Ley N° 2.186 exige que cada parte designe un perito para la avaluación del bien expropiado, variando con ello el mecanismo general de nombramiento previsto en el Código de Procedimiento Civil, y que la regulación especial de este procedimiento establece un vínculo indisoluble entre el perito y la parte que lo designa, encargando al primero la corroboración técnica de la pretensión que sostiene en juicio.

21 de diciembre de 2024
Recurso de casación en la forma acogido, con voto en contra.

Ocupación justificada por el vínculo de convivencia con el hermano del demandante y por la residencia de la demandada en el inmueble junto a la hija en común, constituye un título idóneo que excluye la procedencia de la acción de precario.

Resolvió que la ocupación no deriva de la ignorancia o mera tolerancia por parte del dueño, sino que de la existencia de un vínculo de familia entre la demandada y el hermano del actor –anterior propietario del inmueble- quienes mantuvieron una relación de convivencia de la cual nació una hija de actuales 13 años de edad, quien ha vivido la mayor parte de su vida en dicho domicilio junto con su madre.

17 de diciembre de 2024
Recurso de casación en el fondo acogido, con voto en contra.

Término probatorio suspendido por la Ley 21.226 sólo se reanuda a solicitud de parte, con resolución dictada y notificada, por lo que el lapso de tiempo previo no debe computarse para resolver el abandono del procedimiento.

La Corte Suprema concluyó que el término probatorio seguía suspendido mientras no se notificara su reanudación a ambas partes, conforme a la Ley N°21.226, y que la Corte de Temuco erró al interpretar los plazos de inactividad, vulnerando las disposiciones legales que rigen esta institución procesal.

22 de noviembre de 2024
Recurso de casación en el fondo acogido, con voto en contra.

La condición de mero tenedor del demandado no obsta a la procedencia de la acción reivindicatoria que intenta el dueño que ostenta inscripción de dominio, resuelve la Corte Suprema.

Resolvió que la acción reivindicatoria es procedente, ya que la demandante, titular del dominio y poseedora inscrita, puede ejercitarla contra quien solo detenta la posesión material, en virtud de lo dispuesto en los artículos 889 y 895 del Código Civil.

19 de noviembre de 2024
Recurso de casación en el fondo acogido, con voto en contra.

Notificación de resolución que recibe la causa a prueba solo a una de las partes gestión útil e interrumpe el plazo para declarar el abandono del procedimiento, resuelve la Corte Suprema.

Resolvió que la solicitud de la demandante para tenerse por notificada de la resolución que recibió la causa a prueba constituye una gestión útil, destinada a continuar con el curso progresivo del proceso, y que impide declarar el abandono del procedimiento.

16 de noviembre de 2024