Conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad sin licencia de conducir causando muerte y otros resultados

La Ley de Transito indica un marco de pena aplicable al delito de conducción en estado de ebriedad, independientemente de los resultados provocados debiendo aplicarse la pena dentro del rango del artículo 196 bis.

La existencia de lagunas, antinomias y otras dificultades en el ordenamiento jurídico es inevitable. Para resolverlas es sin duda deseable que la jurisprudencia de los tribunales sea uniforme. Sin embargo, en el presente caso no se cuenta con aquella deseable uniformidad jurisprudencia, por lo que esta Corte se inclina por la interpretación de la Corte Suprema.

5 de febrero de 2025