![](https://www.diarioconstitucional.cl/wp-content/uploads/2024/01/000103846-1.jpg)
El proyecto de ley enviado por el Ejecutivo al Congreso propone diversos cambios al Código Penal, donde se destacan la modificación del artículo 34 sobre la Legítima Defensa y agrava las penas para las manifestaciones. Los detalles.
El proyecto de ley enviado por el Ejecutivo al Congreso propone diversos cambios al Código Penal, donde se destacan la modificación del artículo 34 sobre la Legítima Defensa y agrava las penas para las manifestaciones. Los detalles.
El Congreso debe ser garante de la voluntad popular, no de la voluntad de los partidos políticos.
Mejorar la representatividad territorial de la Cámaras y eliminar el veto presidencial fueron algunas de las propuestas del Presidente de la Cámara de Diputados, Vlado Mirosevic y el Secretario General del órgano, Miguel Landeros, durante la octava sesión plenaria de la Comisión de Expertos.
Por: Jorge Limonado
En abril de 1992, el entonces Presidente de Perú disolvió temporalmente el Congreso de la República, luego de lo cual se dictaron acciones de personal orientadas a evaluar a los trabajadores y a seleccionar una nueva planta de personal.
A nuestro juicio la promesa y acuerdo de aprobar para reformar es una opción muy difícil de materializar.
No corresponde este tipo de sesiones fundadas en la excesiva carga legislativa, pues el Congreso debe ser un espacio de deliberación abierta y transparente.
En su exposición ante la Comisión de Sistema Político, Gobierno, Poder Legislativo y Sistema Electoral de la Convención Constitucional, la senadora Rincón recalcó la necesidad de perfeccionar el actual sistema bicameral, evitando «la repetición idéntica de funciones», entre ambas cámaras.
El propósito de la reforma constitucional es enfrentar con mayor eficiencia situaciones que puedan constituir una grave alteración al orden público, con una extensión que se ajuste a realidades más complejas.
Los constituyentes emplazaron una discusión sobre el actual sistema político, siendo los elementos más aludidos el de un régimen parlamentario.
El fallo se apoya también en el Estatuto de Autonomía, que aunque no declara la cooficialidad del asturiano, si establece que las autoridades autonómicas deberán promocionar su uso.