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Materialmente estamos, sin duda, no solo ante una Constitución, sino ante el modelo más relevante para todas las constituciones posteriores de occidente y, también inequívocamente, para la Constitución española de 1978. Su carácter innovador es sorprendente, y también es notable su empeño por proclamar y defender los valores democráticos y los derechos, tratando de evitar la perversión en la que cayó la anterior Constitución de Weimar mediante la construcción de una ‘democracia militante’.