Contestación

Resolución que tuvo por no evacuada contestación de la demandada que fue firmada posteriormente, pero antes que venciera el plazo, adolece de una “excesiva ritualidad manifiesta”, resuelve un tribunal argentino.

Pretender que las formas rituales sean sacralizadas, en lugar de aumentar el respeto hacia ellas provoca un paradojal efecto de resistencia a su aplicación, sobre todo si (tal como ocurre en el presente) su acatamiento ciego hiere fundamentalmente derechos de las partes.

29 de abril de 2024