CGR emite pronunciamiento sobre el pago del bono especial de emergencia sanitaria COVID-19 al personal de la salud.
Se prevé para el personal que haya prestado atención sanitaria producto de la pandemia que afecta al país.
Se prevé para el personal que haya prestado atención sanitaria producto de la pandemia que afecta al país.
Si ello no es posible, el Jefe de Servicio debe adoptar las medidas sanitarias que correspondan para resguardar su salud.
La norma establece un seguro individual obligatorio de salud y un protocolo de seguridad sanitaria laboral para el retorno gradual y seguro al trabajo.
El pago en dichas circunstancias implica un enriquecimiento sin causa del proveedor.
Se puede solicitar el desafuero o aplicar la medida una vez transcurrido el plazo de protección.
Siempre que se reúnan los demás requisitos exigidos por la normativa que regula la materia.
No obstante, deben excluirse los períodos de licencias médicas que hubiere tramitado como trabajadora independiente.
El dictamen responde a las dificultades que las medidas sanitarias adoptadas con ocasión de la pandemia han provocado al respecto.
El Dictamen N°9.913 de 2020 se circunscribe a las circunstancias excepcionales y temporales provocadas por la pandemia del COVID-19.
El artículo 31 de la Ley N°19.296 establece un permiso gremial de 22 u 11 horas semanales, según se trate de dirigentes nacionales o regionales.