El recurrente pretendía revertir el fallo que le ordenó restituir un inmueble dado en comodato, no obstante, el máximo Tribunal advirtió que el vicio de nulidad formal invocado fue ocasionado por su falta de diligencia en la tramitación, pues era carga del propio demandado gestionar la inspección personal del tribunal solicitada en segunda instancia.
29 de agosto de 2024