La moción busca establecer un marco legal que responda de manera efectiva a la realidad migratoria y que también fortalezca los mecanismos de seguridad y orden público.
Control migratorio
Subsecretario del Interior informó sobre refugiados y control migratorio tras participar en la comisión que investiga los actos del Gobierno frente a eventuales deficiencias del Sistema de Inteligencia.
Servicio Nacional de Migraciones debe corregir su errada interpretación de la normativa aplicable en relación a las solicitudes de reconocimiento de la condición de refugiado.
Condena impuesta a extranjera por infracción a la ley de drogas en su país de origen no es impedimento para que continúe residiendo en el país, si cumplió la pena y no hay antecedentes de que haya incurrido en otros ilícitos.
Autoridad migratoria debe otorgar plazo a extranjero con orden de abandono del país para que acompañe los antecedentes y luego pronunciarse en su mérito.
Es responsabilidad del solicitante presentar en tiempo y forma los antecedentes requeridos, dentro del procedimiento establecido al efecto y cumplir los requisitos legales para permanecer en el país. No puede emplearse la acción de amparo como un mecanismo de tramitación administrativa y agregación de antecedentes que debieron ser puestos a disposición de la autoridad recurrida en su oportunidad, señala el voto en contra.
Demora de autoridad migratoria en resolver solicitud de permanencia definitiva contraviene principios de celeridad, conclusivo, de economía procedimental e inexcusabilidad, que regulan la actividad de la Administración.
La dilación debe ser calificada de ilegal y arbitraria porque vulnera la garantía de igualdad ante la ley, en tanto importa una discriminación en contra de la recurrente en relación con el trato dispensado a otros interesados que, en situación jurídica equivalente, han podido tramitar debidamente su solicitud.
Autoridad Migratoria debe emitir certificado de residencia definitiva en trámite, que habilite al extranjero para hacer reingreso al territorio nacional.
Extranjeros se encuentran habilitados para hacer egreso del territorio nacional, sin embargo, para el evento de querer reingresar al país requieren contar con un certificado de haber presentado la solicitud de permanencia definitiva en trámite, en los términos del artículo 38 inciso segundo de la Ley 21.325.
Prohibición de ingreso al país a ciudadana colombiana por registrar un ingreso previo por paso no habilitado cede ante razones humanitarias.
Se le debe permitir su ingreso al territorio nacional para el solo efecto de regularizar su situación migratoria fundado en razones humanitarias para la asistencia de sus hijos y cónyuge accidentado.
Extranjero que eludió el control migratorio en su ingreso a territorio nacional puede retornar al país luego de seis meses, salvo que exista un pronunciamiento en contrario del Servicio Nacional de Migraciones.
La PDI negó la ocurrencia de los hechos por no contar con registro de que existiera un impedimento para que ingrese al país o que ello haya sido negado, pero no resulta lógico que una particular se vea en la necesidad de recurrir a los Tribunales de Justicia para buscar una solución si los hechos resultaran falsos o no tuvieran al menos algún sustento.
Primer Ministro británico anunció una reforma a las leyes de control migratorio.
La medida busca frenar la inmigración ilegal que ha aumentado exponencialmente en los últimos años. En este sentido, contempla reanudar las deportaciones a países de África, una medida que en el pasado ha sido fuertemente criticada por organizaciones de derechos humanos.