![](https://www.diarioconstitucional.cl/wp-content/uploads/2024/06/cual-es-la-pension-de-sobrevivencia.jpg)
Una interpretación distinta resultaría discriminatoria respecto de un estado civil que no estaba concebido cuando se promulgó la Ley N°16.744.
23 de junio de 2024
Una interpretación distinta resultaría discriminatoria respecto de un estado civil que no estaba concebido cuando se promulgó la Ley N°16.744.