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El máximo Tribunal estableció que en la especie no se cumplen los requisitos para acceder a la anulación, solicitada vía casación, de la sentencia que condenó a la corporación edilicia.
21 de julio de 2020
El máximo Tribunal estableció que en la especie no se cumplen los requisitos para acceder a la anulación, solicitada vía casación, de la sentencia que condenó a la corporación edilicia.