Dictamen de la CGR.
Corporaciones municipales deben sujetarse a las regulaciones establecidas en las leyes N°s 19.880, 19.886, 20.285, 20.730 y 20.880.
A pesar de ser entidades creadas bajo el Derecho Privado, ejercen funciones públicas y reciben recursos fiscales, por lo que, en virtud del principio de supremacía de la realidad, deben considerarse órganos públicos para efectos de la aplicación de determinadas regulaciones de Derecho Administrativo.
4 de diciembre de 2021