Corte Constitucional de Colombia

Corte Constitucional de Colombia.

Atención domiciliaria de personas de la tercera edad con problemas de salud es un derecho reforzado que requiere de una evaluación médica previa para ser exigible.

La norma dispone que la salud es un derecho fundamental autónomo e irrenunciable que, entre otros elementos comprende el acceso a los servicios de salud de manera completa, oportuna, eficaz y con calidad. En ese sentido, comprende el principio de la integralidad, que es el derecho de los usuarios del sistema a recibir la atención y el tratamiento completo de sus enfermedades.

13 de marzo de 2023
Corte Constitucional de Colombia.

Consentimiento informado de pacientes permite acreditar su conocimiento sobre los riesgos a los que se exponen en una cirugía, siendo una manifestación de su voluntad. Su ausencia permite inferir responsabilidad médica.

El consentimiento no es aquel que se otorga en abstracto, sino el referido a los riesgos concretos de cada procedimiento; sin que sea suficiente la manifestación por parte del galeno en términos científicos y complejos de las terapias a que deberá someterse el paciente, sino que deben hacerse inteligibles para que este conozca ante todo los riesgos implicados y así pueda expresar su voluntad de someterse al mismo.

10 de marzo de 2023
Corte Constitucional de Colombia.

Reportaje que contiene acusaciones de abuso sexual contra un cineasta no vulnera sus derechos al buen nombre, a la honra y a la presunción de inocencia y está amparado en la libertad de expresión por contribuir al debate sobre un tema de interés público.

La división entre el relato y la opinión de las periodistas está plenamente diferenciada y, por ende, no vulneraron los derechos fundamentales del accionante. El reportaje reprodujo denuncias reservadas y anónimas sobre violencia sexual, que es un discurso constitucionalmente protegido. Demostraron un trabajo investigativo serio, como el que exige la jurisprudencia en torno al estándar de veracidad.

4 de marzo de 2023
Interrupción de la continuidad educativa.

Deuda estudiantil no es motivo suficiente para retener la documentación de una menor que desea ser matriculada en otro colegio, pues ello vulnera su derecho a la educación, resuelve la Corte Constitucional de Colombia.

Las instituciones educativas no pueden retener documentos académicos por falta de pago, en casos en los que se acredite que hay una imposibilidad real de pagar por parte del deudor pero una voluntad para hacerlo. Lo anterior, porque esa actuación genera una afectación desproporcionada del derecho a la educación, pues interrumpe el proceso educativo del estudiante.

24 de febrero de 2023
Derecho a la educación.

Cancelación de matrícula de estudiante acusada de cometer bullying es improcedente pues el proceso disciplinario en su contra no se ajustó a derecho, resuelve la Corte Constitucional de Colombia.

Teniendo en cuenta que actualmente los estudiantes desarrollan gran parte de su vida social y privada en los espacios virtuales, razón por la cual el bullying y el ciberacoso se han trasladado a dichas esferas, consideramos importante que las entidades pertinentes incorporen dentro de su reglamento reglas específicas para la prevención del acoso digital.

20 de febrero de 2023
Límite a la autonomía universitaria.

Universidades deben adoptar protocolos que protejan los derechos de los estudiantes con discapacidad, resuelve la Corte Constitucional de Colombia.

Pese a que la universidad tenía el deber de estudiar la situación específica de la estudiante y, en consecuencia, darle un trato diferenciado acorde con su situación, no lo hizo cuando le fue comunicada la situación de discapacidad. Al analizar la vulneración de derechos que se produjo, la universidad tenía el deber de estudiar el caso con una perspectiva diferenciada, incluyente e interseccional.

16 de febrero de 2023
Derecho a la autodeterminación y a la identidad cultural.

Corte Constitucional de Colombia ampara los derechos de comunidad indígena amenazada.

Las negativas de reconocer a la comunidad Yajotja por parte del Estado constituyen una vulneración a los derechos de identidad cultural, autonomía y autodeterminación, al territorio ancestral y colectivo, al debido proceso administrativo y a la subsistencia étnica.

9 de febrero de 2023
Corte Constitucional de Colombia.

Obligación de reclusos de afeitarse y llevar el cabello corto no vulnera sus derechos pues obedece a razones de salubridad, salvo que pertenezcan a alguna minoría sexual, etnia o credo religioso que amerite una excepción.

La exigencia al accionante de cortarse el cabello y afeitarse a diario no desconoce sus derechos fundamentales, pues se trata de una medida proporcional, razonable y no discriminatoria, por lo que está obligado a acatar dicha medida, ya que este no se encuentra inmerso en alguna situación que amerite ser exceptuado de ella.

7 de febrero de 2023
Habeas data.

Autoridades no están obligadas a modificar los certificados de antecedentes penales de las personas que requieran regularizar su situación migratoria en otro país, resuelve la Corte Constitucional de Colombia.

El ordenamiento ha decantado criterios de clasificación de la información personal. De allí que se aluda a datos personales públicos, semi-privados, privados y reservados, al tiempo que se contemple la existencia de datos sensibles. La clasificación de la información personal tiene un efecto práctico, pues estos criterios fijan estándares de protección e imponen límites a su divulgación.

6 de febrero de 2023
Derecho a la intimidad y a la propia imagen.

La rabia tras descubrirse una infidelidad no justifica la divulgación de fotografías íntimas de la amante, pues ello vulnera su intimidad y su esfera personal, resuelve la Corte Constitucional de Colombia.

La imagen, al contener los rasgos y características externas que conforman la fisionomía de una persona, es un dato que la identifica, más que otros signos externos, en su concreta individualidad. Esta identificación es mayor cuando se trata de imágenes íntimas, en las cuales la persona aparece sin ropa o con ropa interior.

28 de enero de 2023
Páginade 29