El tribunal ratificó la sentencia que obliga al Ministerio de Obras Públicas a indemnizar a la empresa Arauco SA por perjuicios derivados de extensas demoras en la reposición del puente Nicolasa. La decisión destacó el incumplimiento contractual y las consecuencias económicas para el contratista.
Corte de Apelaciones de Copiapó
Corte de Apelaciones de Copiapó rechaza recurso de protección de médico que debe reintegrar remuneraciones indebidas.
Corte de Apelaciones de Copiapó condena a supermercado por robo de vehículo desde local.
Corte de Copiapó ordena a Codelco abstenerse de acciones que impidan funcionamiento de cafetería.
Condicionar la entrega de un certificado que acredite que el egresado no tiene deudas con la Universidad, no se aviene con la legalidad.
La Universidad solo se limita a reconocer la existencia de una “práctica universitaria”, que impone ciertos requerimientos para optar a la titulación, proceder que pone en serio entredicho la constitucionalidad de dicha conducción.
Corte de Apelaciones de Copiapó ordena al SLEP Atacama mejorar deficiencias en infraestructura y salubridad de colegios bajo su dependencia.
El tribunal de alzada acogió las acciones cautelares, tras establecer el actuar ilegal, arbitrario y omisivo de la recurrida por las graves deficiencias advertidas las que emanan de pretéritos años y han sido permanentes e incrementadas con el transcurso del tiempo al no haber tomado oportunamente las acciones preventivas y reparadoras que cada establecimiento requería, lo que no se hizo por una evidente desidia.
Corte de Apelaciones de Copiapó ordena a Fonasa adquirir y suministrar fármaco a adolescente con fibrosis quística.
La Primera Sala del tribunal de alzada acogió la acción cautelar al considerar que, en base a los tratados internacionales reconocidos por Chile, el Estado se encuentra obligado a garantizar condiciones de vida materiales y espirituales dignas para niños, niñas y adolescente y de no proporcionarse el fármaco, se estaría afectando la vida del paciente.
Corte de Copiapó dejó sin efecto resoluciones de la Asociación Regional de Fútbol Amateur que no daban lugar a reconsideración de la Asociación de Tierra Amarilla suspendida de competencias por incidentes acontecidos en torneo.
La Primera Sala del tribunal de alzada acogió la acción presentada por la asociación de Tierra Amarilla tras constatar el actuar ilegal y arbitrario de la recurrida, pese a que el tribunal de alzada ya le había ordenado efectuar el proceso dentro de un marco del debido proceso.
No se puede decretar el inmediato cumplimiento del saldo de la pena luego de revocada por incumplimiento la pena sustitutiva de libertad vigilada intensiva, si se encuentra pendiente el recurso de apelación, resuelve la Corte de Copiapó.
A pesar que la resolución impugnada no es una sentencia definitiva que ponga termino al juicio, la pena sólo podrá cumplirse una vez que se encuentra ejecutoriada conforme al artículo 174 del Código de Procedimiento Civil.
No puede alegarse la ilegalidad de la revocación de la pena sustitutiva si no se interpuso el recurso de apelación, resuelve la Corte de Copiapó.
Sostener que hay diferencia entre cumplir una pena y una condena, sería una interpretación que se burla del espíritu de las normas establecidas en la ley.
CS confirmó sentencia que acogió recurso de protección deducido por funcionario cuya contrata terminó anticipadamente.
La resolución impugnada constituyó un acto ilegal y afectó el derecho a la igualdad ante la ley del actor.
Corte de Copiapó desestima recurso de protección contra la municipalidad de Caldera por decretar destitución de profesora.
La recurrente alega que no recibió una carta certificada notificando su destitución, por lo que no puedo defenderse adecuadamente en el proceso.
Corte de Copiapó desestimó impugnación deducida contra sentencia que rechazó acción intentada por el despido de tres dirigentes sindicales.
El arbitrio no planteó adecuadamente las peticiones concretas sometidas al tribunal de Alzada.
Corte de Copiapó acogió impugnación deducida por WOM y dejó sin efecto la multa cursada por la Inspección del Trabajo.
La sentenciadora limitó infundadamente los medios que probatorios que permitían acreditar el cumplimiento de la obligación.