Corte de Apelaciones de Rancagua

Negativa de los padres a vacunar a su hijo atenta contra sus derechos e infringe la obligación de adoptar medidas para velar por su salud, establecida en la Convención de Derechos del Niño..

Como regla general, las decisiones sobre educación, religión y salud de un niño corresponden a sus padres, pero existen casos excepcionales en que la potestad parental intenta imponer sus propias creencias poniendo en riesgo la salud del niño, como en este caso, actuando en contra de su interés superior.

14 de diciembre de 2024

Corte Suprema revoca sentencia apelada y acoge recurso de amparo.

Resolución que rechazó solicitud de residencia definitiva y dispuso que la amparada debe abandonar el país, es ilegal.

La decisión de la autoridad administrativa resulta ilegal por cuanto no le concedió a la amparada la oportunidad de exponer sus descargos ante las causales de rechazo de su solicitud. La autoridad recurrida deberá continuar la tramitación del procedimiento administrativo y pronunciarse conforme a derecho.

16 de mayo de 2024
Sentencia revocada por Corte Suprema.

Declaración de vacancia de un cargo por salud incompatible no es arbitraria ni ilegal si el funcionario incurre en la causal objetiva de haber hecho uso de licencia médica por más de seis meses en dos años.

Los jefes de los servicios deben velar por la continuidad de la prestación de estos para la satisfacción de las necesidades colectivas que justifican su existencia, razón por la cual, no mediando abuso o desviación de poder, no es ilegal ni arbitraria la declaración de vacancia de un cargo por salud incompatible de quien lo sirve.

30 de enero de 2024
Recurso de casación en el fondo rechazado.

Funcionarios municipales se encuentran legitimados para deducir el reclamo de ilegalidad en contra de resoluciones municipales que los afecten. De lo contrario se atenta contra el derecho a la tutela judicial efectiva.

En el caso de actos administrativos dictados por el alcalde o sus funcionarios, la vía de impugnación específica es la reclamación prevista en el artículo 151 de la Ley N° 18.695, sin que exista ninguna razón para privar del ejercicio de tal acción a una persona directamente agraviada por aquél, sólo por el hecho de ser un funcionario municipal.

14 de diciembre de 2023
Sentencia revocada por Corte Suprema.

Prestaciones referidas a la salud mental están cubiertas por todos los planes de salud y no solo por los suscritos con posterioridad a la Ley 21.331 que reconoce y protege los derechos de las personas con enfermedad mental o discapacidad psíquica o intelectual.

Los contratos de salud deben conformarse a las normas vigentes, más aún cuando éstas tienen por objetivo resguardar la garantía constitucional de la igualdad, al prohibir la discriminación.

7 de diciembre de 2023