CS rechaza unificación de jurisprudencia relativa al aumento de la bonificación dispuesta por la Ley Nº19.933.
El máximo Tribunal concordó con el criterio sostenido en la sentencia impugnada.
El máximo Tribunal concordó con el criterio sostenido en la sentencia impugnada.
Contraloría ordenó el reintegro de $23.674.024 pagados indebidamente.
Si el empleador decide efectuar un cambio en el diseño de trabajo, no puede traspasar ese costo a sus dependientes.
Se configuraron las causales de despido contenidas en el artículo 160 N°1 y N°7 del Código del Trabajo invocadas por la demandada.
El tribunal de Alzada aumentó la indemnización establecida por concepto de daño moral.
La recurrente pretendía la unificación del criterio de aplicación de los artículos 13 y 52 de la Ley Nº19.728.
Debe preferirse la honra por sobre la libertad de expresión y opinión.
Las resoluciones dictadas en esta clase de procedimiento son inapelables, salvo lo dispuesto en el artículo 470 del Código del Trabajo.
El tribunal de Alzada había acogido la impugnación deducida por la Clínica Universidad Católica del Maule.
Los actores se desempeñaban como docentes en diversos establecimientos educacionales de la Municipalidad de Talca.