Superintendencia de Educación no puede aplicar ningún tipo de sanción luego de transcurrido seis meses desde la fecha en que se hubiera terminado de cometerse el hecho.
El inicio de la investigación suspende este plazo de prescripción. Según lo previsto en el artículo 86 de la ley 20.529, no es posible ejercer la potestad sancionadora administrativa en este caso concreto.