Corte de Santiago

Recurrida debe evacuar informe y acompañar todos los antecedentes.

Recurso de protección contra Clínica por no aplicar Ley de Urgencias y exigir pago previo a la atención de paciente de avanzada edad, se admite a trámite por la Corte de Santiago.

La recurrente denuncia que la clínica infringió la Ley de Urgencias al no aplicar los protocolos correspondientes para el tratamiento de su madre, y que a pesar de la gravedad de la situación, exigió el pago de $3.200.000.- para la operación, vulnerando las garantías en materia de salud.

23 de noviembre de 2024
Recurso de protección acogido.

Sanción de destitución se deja sin efecto por desproporcionada y no considerar adecuadamente circunstancias modificatorias de responsabilidad, resuelve la Corte de Santiago.

La sanción de destitución es arbitraria, al no fundamentarse adecuadamente la agravante de una sanción previa de suspensión, que fue clave para aplicar la medida más gravosa. Además, la autoridad administrativa no consideró las circunstancias atenuantes, como las buenas calificaciones del investigado y su cooperación en el proceso, lo que afectó la proporcionalidad de la sanción y se vulneró el principio de igualdad ante la ley.

19 de noviembre de 2024
Ley N° 21.234

Al no existir sistema recursivo específico en la Ley N°21.234, se aplican las reglas del procedimiento ante Juzgados de Policía Local, resuelve la Corte de Santiago.

Acogió un recurso de hecho al considerar que la resolución apelada no cumple con los requisitos establecidos para ser apelable, ya que no es una sentencia definitiva ni una resolución que haga imposible la continuación del juicio, según lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley N° 18.287.

19 de noviembre de 2024
Recurso de protección rechazado.

Multas por infracción a reglamento de comunidad no pueden revisarse a través de un recurso de protección al no existir un derecho indubitado.

Resolvió que la acción de protección por su naturaleza no constituye una instancia de declaración de derechos, sino que de protección de aquellos que, siendo preexistentes e indubitados, se encuentren afectados por alguna acción u omisión ilegal o arbitraria y, por ende, en situación de ser amparados, presupuesto que en la especie no concurre.

19 de noviembre de 2024
Recurso de protección rechazado.

Encontrándose pendiente el trámite de Toma de Razón de la resolución que aplica medida de destitución no procede modificar o alterar lo resuelto en sede cautelar por no existir un acto terminal ejecutoriado, resuelve la Corte de Santiago.

Consideró que el recurso de protección no es procedente, ya que el procedimiento administrativo no ha finalizado, y la resolución impugnada está pendiente de control por parte de la CGR mediante la Toma de Razón. En consecuencia, al no existir un acto definitivo, no corresponde modificar lo resuelto ni intervenir en el procedimiento administrativo en curso.

18 de noviembre de 2024
Páginade 88