Recurso de reclamación en materia de aguas no es una nueva instancia para evaluar mérito técnico de las decisiones de la DGA, resuelve la Corte de Santiago.
Resolvió que la judicatura no tiene las competencias técnicas para revisar materialmente lo resuelto por la DGA, cuya decisión está amparada por la presunción de legalidad de los actos administrativos.