Corte de Santiago

Reclamo de ilegalidad acogido por Corte de Santiago.

Dilación de 8 años en la tramitación de un recurso ante la DGA es excesiva y justifica la declaración de decaimiento del acto administrativo.

Cuando un procedimiento administrativo excede los plazos razonables sin justificación, los actos dictados pierden su eficacia. En este sentido, el decaimiento del acto administrativo es una consecuencia directa de la dilación indebida, que no solo afecta la legalidad del acto, sino también su aplicabilidad y validez.

17 de enero de 2025
Fallo confirmado por Corte Suprema.

Impedir el acceso a los estacionamientos de un departamento declarado como bien familiar es un acto ilegal y arbitrario.

No corresponde a la administración recurrida determinar el sentido y alcance de la declaración de bien familiar y si fue o no intención del cónyuge de la recurrente incluir en el acuerdo todos los inmuebles que amparan la inscripción sino solamente la dependencia correspondiente al departamento en sí. Ello es una cuestión que debe ser aclarada ante el Juzgado respectivo, pues el hecho es que en el Conservador la declaración de bien familiar aparece amparando también la bodega y los estacionamientos.

16 de enero de 2025
Acción de protección rechazada por la Corte de Santiago.

Negativa del Registro Civil a rectificar posesión efectiva no puede controvertirse en sede de un recurso de protección y debe ser resuelta ante el tribunal competente.

La solicitud planteada excede los límites de la acción constitucional, ya que involucra el reconocimiento de derechos y la necesidad de formular declaraciones que deben ser resueltas por un tribunal competente a través de un procedimiento reglado conforme a la Ley 19.903. Además, la enmienda afectaría los intereses de otras nueve personas beneficiadas con la posesión efectiva de la herencia.

15 de enero de 2025
Confirmó resolución de CNTV.

Multa de 20 UTM a CHV y a la concesionaria Universidad de Chile, por emitir spot publicitario sobre apuestas deportivas en horario de protección de menores, se confirma por la Corte de Santiago.

La conducta sancionada evidencia la potencial conculcación de los derechos a la integridad física y psíquica de los niños, niñas y adolescentes, y su natural desenvolvimiento, sin que resulte relevante la circunstancia de que los destinatarios de esos juegos sean adultos, pues objetivamente la entidad comunicacional contravino las prohibiciones que pesaban sobre ella.

15 de enero de 2025
Dejó sin efecto sanción impuesta por el CNTV.

Transmisión de enfrentamiento en mercado de Lo Valledor en Programa Tu día de Canal 13, durante horario de protección de menores, no infringe la normativa del CNTV.

No existió sensacionalismo en la exhibición del reportaje, ya que no se presentó de forma abusiva ni distorsionada para generar emociones en el público. La transmisión se ajustó a hechos ciertos, con el objetivo de informar sobre nuevas medidas de seguridad en el mercado Lo Valledor, cuando de forma inesperada ocurrió un incidente violento que dejó heridos y pudo tener un desenlace más grave.

14 de enero de 2025
Tenencia responsable de mascotas.

Orientación y vigilancia de monitores capacitados en Tenencia Responsable de Mascotas en la Plaza Ambrosio del Río de Providencia, no vulnera derechos fundamentales de los vecinos.

El municipio informó que la implementación del programa de orientación y vigilancia en la Plaza Ambrosio del Río, que cuenta con monitores capacitados en tenencia responsable de mascotas, responde al creciente reclamo y descontento de la comunidad local que asiste a las áreas verdes con fines recreativos, especialmente familias con niños pequeños, quienes son vulnerables ante la presencia de animales sueltos.

13 de enero de 2025
Ley 19.496.

Corte de Santiago rebaja multa de 300 a 20 UTM a Banco Estado sancionado por no adoptar medidas de seguridad para verificar veracidad de transacciones por 9 millones de pesos que afectaron a cliente.

Resolvió que solo se configura una infracción al artículo 3 letra d) de la Ley 19.496, con una agravante válida: el daño grave al consumidor afectado, reconocido en el proceso. Sobre esa base, optó por ajustar la multa de forma proporcional a la afectación constatada.

11 de enero de 2025
No hay vulneración actual de derechos constitucionales.

Acción de protección contra ENEL y Corporación Municipal de Tiltil por corte de suministro eléctrico en establecimientos educacionales, se rechaza tras alcanzarse un convenio de pago con el Alcalde.

La conducta denunciada, el corte de suministro eléctrico, fue subsanada con el restablecimiento del servicio tras un convenio de pago con ENEL. Dado que el riesgo de un nuevo corte de electricidad fue eliminado y el pago se encuentra al día, no se observó vulneración actual de derechos constitucionales.

10 de enero de 2025
Páginade 86