Según lo dispuesto en el artículo 5 letra d) de la Ley N° 19.983, la única causal de oposición permitida en la notificación de facturas es la falsificación material del documento, excluyendo cualquier otra impugnación.
Corte de Valdivia
Corte de Valdivia ordena a servicio público otorgar opción de teletrabajo a funcionaria con movilidad reducida.
Liceo que no adoptó medidas frente a agresión de alumno en las afueras del establecimiento infringe su Reglamento y la Ley General de Educación, resuelve la Corte Suprema.
Corte Suprema ordena continuar juicio declarativo de prescripción extintiva contra la Tesorería General de la República.
Particular no puede impedir el uso de un camino vecinal asilándose en un derecho de propiedad inexistente.
Una vecina cerró con portón y candados el único camino que los actores utilizan para acceder a la vía principal, en circunstancia que la franja se encuentra reconocida como camino de servicio en las escrituras de propiedad de todas las partes, verificándose -en la especie- un acto de autotutela por parte de la recurrida.
Bloquear un ducto que traslada desechos industriales de un tercero es un acto de autotutela, resuelve la Corte Suprema.
El ducto atraviesa los predios de las recurridas, quienes bloquearon la cañería de forma arbitraria, impidiendo a la recurrente acceder a su reparación, hecho que fue calificado por la magistratura como una vía de hecho, contraria a la buena fe inicial de las recurridas de permitir la instalación de la estructura.
Corte de Valdivia debe conocer y fallar excepción de prescripción opuesta en segunda instancia y que no fue resuelta al confirmar la sentencia de primer grado.
Los ministros recurridos confirmaron el fallo de base sin referirse a la excepción opuesta por el apelante en segunda instancia, infringiendo el principio de inexcusabilidad, así como lo prescrito en el artículo 310 del Código de Procedimiento Civil, que permite la tramitación incidental de excepciones deducidas en segunda instancia.
Víctimas de usurpación buscan evitar que imputados ingresen a su predio durante el año nuevo mapuche.
Los dueños del inmueble tomado por una comunidad mapuche en la región de Los Ríos, buscan revertir la decisión de la Corte de Valdivia, que confirmó una medida cautelar de alejamiento del predio usurpado, con declaración que permite el ingreso de los imputados al lugar para celebrar las ceremonias religiosas correspondientes al año nuevo mapuche, los días 23 y 24 de junio.
AFP debe pagar los fondos quedados al fallecimiento del causante sin realizar exigencias no previstas en la ley.
Al contar con los antecedentes requeridos para pagar, no corresponde que la AFP solicite otra documentación.
Vecino debe retirar el cerco que desplazó hacia el predio colindante despojando a sus titulares de una porción de ese terreno, resuelve la Corte Suprema.
Es evidente la acción de autotutela desplegada por el recurrido, así como la arbitrariedad e ilegalidad en su actuar, que vulneró los derechos de integridad física y psíquica de la actora, además de su derecho de propiedad.
Tala de bosque nativo sin aprobación de Plan de Manejo en forma previa por CONAF, configura una infracción que debe sancionarse con multa y reforestación.
Respecto al plazo de 90 días que cuenta CONAF para pronunciarse sobre las peticiones de corte de bosque nativo, es uno de días hábiles administrativos.
Proscripción de la prisión por deudas no limita los mandatos de la autoridad judicial dictados por incumplimiento de deberes alimentarios.
Tales deberes comparten el contenido asistencial con los que tienen los fondos previsionales, pues su objetivo es proveer de ingresos a las personas una vez que han concluido su vida laboral.
Isapre Nueva Mas Vida S.A. debe mantener vigente el contrato de salud del afiliado por no encontrarse acreditado que vulneró la obligación de guardar reposo prescrita por su médico.
Es ilegal la decisión de aplicar una sanción que no corresponde con la infracción imputada, y además arbitraria, al afirmar su determinación en antecedentes que resultan débiles e insuficientes para dar por acreditada la transgresión atribuida.
Fallo que condenó al Fisco de Chile al pago de indemnización por daño moral a adolescente que fue sometido a torturas en 1973, queda a firme.
Se tuvo en consideración que la prisión y torturas que sufrió el actor fue a una edad temprana y que según han dicho los testigos le ha dejado secuelas permanentes, todo lo cual permite dar por establecido el sufrimiento y afección sicológica que ha debido soportar.