Dada la edad avanzada y el estado de Toti, aún se deben realizar análisis e informes para determinar la viabilidad y la idoneidad del traslado. Una vez obtenidos estos resultados, se evaluará el destino más adecuado para el chimpancé.
Corte Suprema Argentina
No hay razones que justifiquen eximir el deber de fundar sentencias que pesa sobre los tribunales si la reclamación incide en la tutela del derecho a la salud, resuelve la Corte Suprema de Argentina.
Comisión de Juicio Político de la Cámara de Diputados de Argentina aprueba solicitud para iniciar un juicio político contra los jueces de la Corte Suprema.
Demanda contra el Poder Judicial por la tardanza excesiva en la tramitación de un embargo es rechazada.
Acción declarativa deducida por bancos a los que se atribuye responsabilidad si sus clientes no pagan los impuestos por actividades en el extranjero, debe ser iniciada en su conocimiento por justicia provincial, resuelve la Corte Suprema de Argentina.
La referida carga pública impuesta por el Estado provincial, no autoriza a concluir en principio que la normativa impugnada se inmiscuya en el poder de policía bancario y financiero que le corresponde a la Nación.
Detención y tortura de hombre durante la dictadura militar en Argentina es un delito de lesa humanidad y no un delito común.
La política del terrorismo de Estado motivó un ataque sistemático que incluyó toda clase de violaciones a los derechos fundamentales de quienes estaban vinculados a actividades políticas, sindicales y gremiales, en razón de que eran visualizados como oponentes y, por tanto, blancos del régimen.
No es nula la resolución que ordena la expulsión de un extranjero si no se le informa previamente que tenía derecho a abogado, resuelve la Corte Suprema de Argentina.
Los ciudadanos extranjeros que carecen de medios económicos tienen derecho a asistencia jurídica gratuita en los procedimientos que pueden conducir a su expulsión del territorio nacional. Sin embargo, de ello no se colige la exigencia de comunicar ese derecho al interesado de forma personal y fehaciente.
Cosa juzgada configura uno de los pilares sobre los que se asienta la seguridad jurídica.
Es un valor de primer orden que no puede ser desconocido con invocación de argumentos insustanciales y con la pretensión de suplir omisiones, pues ataca las bases mismas del sistema procesal, cuyo respeto es uno de los cimientos del imperio del derecho.
Corte Suprema de Argentina deja sin efecto expulsión de chileno condenado por el delito de contrabando.
El cambio normativo operado introdujo una profunda modificación en las características que debe reunir la condena penal que pesa sobre el migrante para habilitar su expulsión del país por la Dirección Nacional de Migraciones.
No procede modificar una sentencia firme durante la etapa de ejecución de la misma dado que ello transgrede la garantía de cosa juzgada.
La sentencia firme pronunciada a favor de una de las partes si se modifica importa un desconocimiento de resoluciones anteriores lo que afecta los derechos a un debido proceso y de propiedad de la actora consagrados en la Constitución Nacional.
Daño causado por incendio en una ruta no es imputable a la falta de servicio del Estado si su deber de actuar no está consagrado en la norma y no se ha acreditado un nexo causal.
La falta de servicio no es suficiente por sí misma para dar nacimiento a la obligación estatal de resarcir, pues debe atenderse a la relación de causalidad entre ella y el daño ocasionado. Los tribunales han de examinar meticulosamente si suprimida la conducta que se reputa ilegítima, el daño igualmente se hubiese consumado.
Reunificación familiar debe ser solicitada por el migrante en la oportunidad procesal respectiva so pena de ser improcedente si se alega luego en sede judicial.
La dispensa por razones de reunificación familiar no constituye sino una facultad discrecional de la autoridad de carácter excepcional y restrictivo lo cual presupone necesariamente la existencia de una solicitud concreta por parte del interesado ante la autoridad migratoria y su correspondiente fundamentación.
Delito de trata de personas con explotación laboral es de competencia de la justicia federal, resuelve la Corte Suprema Argentina.
Más allá de la significación penal que en definitiva corresponda asignar a los hechos denunciados, confluyen en el presente una serie de circunstancias que impiden descartar, al menos de momento, la existencia de conductas en infracción a la ley de sanción y prevención de la trata de personas.
Autoridades están obligadas a implementar medidas necesarias para prevenir desastres naturales esperables, resuelve la Corte Suprema Argentina.
Aunque la falta sea derivada del hecho de los agentes, existe una imputación directa al titular del servicio, de manera que la actividad de los funcionarios estatales ha de ser considerada propia del Estado, quien debe responder de modo principal y directo por las consecuencias dañosas.