Corte Suprema desestima recurso de casación en el fondo referido a prescripción de acción de cobro de tributos
La Corte Suprema rechazó el arbitrio procesal para lo cual razonó que el Servicio de Impuestos Internos dispondrá de un plazo de tres años para revisar, liquidar y reliquidar los tributos respectivos. Por otra parte, en relación a la acción de cobro de impuestos, los plazos de prescripción corren en forma paralela y tienen la misma extensión que los señalados anteriormente.