El Tribunal Oral no valoró la prueba aportada por la Fiscalía al estimar que derivaba de un control de identidad efectuado fuera del margen legal y que la detención era ilegal. Sin embargo, la jurisprudencia se ha pronunciado que la resolución del Juez de Garantía que se pronunció sobre la admisibilidad de las pruebas ofrecidas produce el efecto de cosa juzgada, teniendo en cuenta su naturaleza jurídica de sentencia interlocutoria, pues resuelve sobre un trámite que debe servir de base para el pronunciamiento de una sentencia definitiva.
Cosa juzgada
No se puede revertir una condena penal si uno de los testigos de la causa reconoce posteriormente ante notario que mintió en el juicio, es necesario que se lo haya condenado previamente por falso testimonio.
Aunque exista duplicidad de abonos los reconocidos en sentencia firme y ejecutoriada no pueden desconocerse por vulnerar los principios de cosa juzgada y el desasimiento del tribunal.
Si una materia ya fue resuelta acogiendo el recurso de protección, es improcedente interponer nuevamente una acción cautelar si la sentencia que fue dictada se encuentra en etapa de cumplimiento.
Magistratura no puede desconocer dos resoluciones a firme para anular todo lo obrado porque ello vulnera el debido proceso, resuelve la Corte Suprema.
Los ministros integrantes de una sala de la Corte de Talca -en un procedimiento de cumplimiento de sentencia- revocaron una resolución en alzada, y anularon todo lo obrado al estimar que existía un error en el nombre del demandado emplazado en juicio, pasando a llevar la autoridad de cosa juzgada de dos fallos previos que condenaron al mismo demandado en sede laboral a responder por los perjuicios causados a un trabajador producto de una enfermedad profesional.
No se puede anular el sobreseimiento por prescripción de acción penal sólo con fundamentos dogmáticos, resuelve Corte Suprema de Argentina.
La autoridad de la cosa juzgada constituye uno de los principios esenciales en que se funda la seguridad jurídica y debe respetarse salvo los casos en que no ha existido un auténtico y verdadero proceso judicial.
Revocación de permiso otorgado al “Templo Satánico” para edificar un monumento en un parque memorial se ajusta a derecho, resuelve un tribunal de Estados Unidos.
La decisión real que niega el permiso para enmendar no es más que un indicador para señalar en qué momento se han perdido los reclamos debido al hecho de que el demandante no ha presentado todas las reclamaciones contra un demandado, en particular en una sola demanda. Por lo tanto, la denegación del permiso para modificar la demanda constituye cosa juzgada sobre los méritos de las afirmaciones.
No es delito la mera exhibición y comercialización de objetos relacionados con el régimen nazi, resuelve un tribunal argentino.
La norma tipifica la figura penal conocida como “incitación a la discriminación” y sanciona a quienes por cualquier medio alentaren o incitaren a la persecución o el odio contra una persona o grupos de personas a causa de su raza, religión, nacionalidad o ideas políticas. Así, la mera exhibición y/o venta en una feria de tales elementos no importa propaganda, aliento o incitación en los términos exigidos por la norma.
Moción parlamentaria que creó una comisión investigadora para investigar las presuntas irregularidades en la elección del ex presidente Pedro Castillo, es nula.
La creación de la Comisión no cumplió con el número mínimo exigido por la norma; esto es, con 35% del número legal de congresistas. Ello no quiere decir que el Congreso no tenga competencia para formar una comisión investigadora que aborde asuntos de interés público, más allá de que los resultados electorales permanecerán inalterables, al ser preclusivos y perentorios.
TOP no puede volver a examinar la legalidad de la prueba si previamente aquello fue resuelto por Juzgado de Garantía; admitirlo implicaría infringir la autoridad de cosa juzgada.
El auto de apertura de juicio oral produce, en lo pertinente, el efecto de zanjar la discusión relativa a la conformidad de las pruebas ofrecidas con los derechos y garantías fundamentales, con efecto de cosa juzgada.
Acción de amparo se desestima por existir cosa juzgada: actora interpuso de mala fe nueva acción sobre el mismo asunto que fue resuelto por sentencia firme y ejecutoriada.
La normativa obliga a las partes a desenvolverse con lealtad y buena fe en su actividad procesal y en sus relaciones con el tribunal. Se advierte una actitud de la accionante y su patrocinante reñida con la buena fe y lealtad, presentando dos días después de tener una respuesta jurisdiccional la misma acción sin denunciar la anterior y cambiando al demandado en un burdo intento de hacer caer en error al tribunal.
Nuevo procesamiento contra ex oficial de Carabineros absuelto por delito de secuestro en dictadura, no es ilegal. La cosa juzgada fraudulenta esgrimida por Ministro en visita se debe resolver en el fondo, resuelve Corte de Temuco.
No se desprende de los antecedentes allegados que la absolución fuere consecuencia necesaria del afán de abstraer al juzgado de la acción real de la justicia, generando una situación de impunidad a su respecto, que repugna a las obligaciones contraídas por el Estado en materia de protección de los Derechos Humanos, refiere el voto en contra.
Ciudadano chileno condenado a presidio perpetuo por el homicidio de un policía en Argentina y que fue puesto en libertad por un error administrativo de funcionarios trasandinos, no será extraditado.
El requerido fue condenado en el 2014 por dar muerte a un policía, y en junio de 2021 se decretó su expulsión del país vecino en un procedimiento administrativo por extrañamiento. El ministro instructor del máximo Tribunal indicó que, el “error administrativo” no puede ser enmendado mediante la petición de extradición, ya que produjo cosa juzgada.
Para que exista un doble juzgamiento deben confluir cuatro presupuestos: identidad de sujetos, de hechos, de motivo de persecución y de materia.
En el caso concreto solo existió identidad de sujetos y de materia, por lo que no vulneró el derecho al debido proceso en la garantía de no ser juzgado más de una vez por la misma causa y materia.