El no pago de las cotizaciones previsionales respecto de las horas extraordinarias trabajadas acarrea la sanción de nulidad del despido.
Ex trabajador de la Empresa de Ferrocarriles del Estado, denunció que no fueron pagados los montos previsionales correspondientes a las horas extraordinarias trabajadas desde julio del año 2012 hasta febrero del año 2018, incurriendo el ex empleador en la sanción de los incisos quinto, sexto, y séptimo del artículo 162 del Código del Trabajo.