Covid-19


Instituciones educativas no pueden retener documentos académicos de sus alumnos por deudas dinerarias cuando existen motivos de fuerza mayor y voluntad de pago, resuelve la Corte Constitucional de Colombia.

13 de junio de 2024
El accionar de las acudientes “se enmarcó en la buena fe y no en la utilización malintencionada de la jurisprudencia para promover la cultura de no pago”, pues, contrario a lo afirmado por los jueces de instancia, es claro que no dejaron de pagar las obligaciones por voluntariedad y sin debida justificación.

Notificación del auto de prueba durante la vigencia del estado de catástrofe no produciría ningún efecto sino hasta 10 días después de su término, por lo que decretar el abandono del procedimiento no era procedente, resuelve la Corte Suprema.

10 de junio de 2024
Se recibió la causa a prueba y se solicitó el abandono del procedimiento durante la vigencia del Estado de Excepción Constitucional, siendo un hecho notorio que existieron severas restricciones a la movilidad de los ciudadanos producto de las cuarentenas decretadas por la autoridad, configurándose una causal que impide decretar el abandono del procedimiento, máxime si la realización de tal diligencia era innecesaria, puesto que ningún efecto surgiría de la realización de tal diligencia sino hasta diez días hábiles posteriores al cese del Estado de Excepción Constitucional”.
En virtud del principio de solidaridad.

Órgano administrativo debe indemnizar a mujer que sufrió una trombosis tras vacunarse contra el Covid-19, resuelve un tribunal español.

La función que desempeñaba cada uno de los ciudadanos que se vacunaba, no solo le beneficiaba a él sino a toda la colectividad, y si ahora no se atendiera a quienes se han visto singularmente perjudicados a consecuencia de esta actividad individual y de trascendencia colectiva se rompería el principio de igualdad en el levantamiento de las cargas o de los peligros que acechan a la sociedad. De ahí que exista un principio de solidaridad social.

13 de mayo de 2024
Delito de falsedad en documento oficial.

Pena de cárcel para ex autoridad que manipuló lista de vacunación contra el Covid-19 para inocularse anticipadamente, se confirma por Tribunal español.

Sirviéndose de su cargo y de su acceso directo a la elaboración y contenido de los listados oficiales de personal y residentes en centros residenciales dependientes, la acusada -pese a conocer que no tenía por entonces derecho a ello, por no hallarse entre las personas incluidas en los colectivos prioritarios-, había decidido unilateralmente su inclusión en el listado oficial de personas a vacunar.

4 de mayo de 2024
España.

Despido de trabajador que manifestó que no asistiría a trabajar a través de WhatsApp se ajusta a derecho: se configura una intención de renunciar que hace procedente la desvinculación.

La dimisión o voluntad unilateral del trabajador de extinguir el vínculo contractual que le une a su empresario, puede manifestarse de forma expresa o de manera tácita. En el presente caso, hay manifestación expresa, por parte del trabajador de su intención de finalizar la relación laboral existente, pues así se extrae del contenido del WhatsApp remitido a la empresa.

31 de marzo de 2024
Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

Autoridades de control de los Estados miembros de la UE pueden eliminar de oficio los datos personales recabados ilegalmente, resuelve el TJUE.

Pueden proceder de esta manera si la medida es necesaria para cumplir su misión de velar por el pleno cumplimiento del RGPD. Si dicha autoridad comprueba que un tratamiento de datos no respeta el RGPD, debe subsanar la infracción detectada, incluso sin que medie la solicitud previa del interesado.

17 de marzo de 2024
Argentina.

Aerolínea debe indemnizar a mujer que no pudo asistir a Lollapalooza debido a la cancelación de su vuelo en plena pandemia del Covid-19.

La falta del cumplimiento del contrato generó un severo perjuicio. Se debe resaltar que la exigencia de condiciones de atención y trato digno que refiere la legislación y el principio de buena fe, debe primar en toda relación contractual, debido que apuntan al respeto por el consumidor como persona, quien no puede someterse a menosprecios ni desconsideraciones.

17 de febrero de 2024
Páginade 40