CPLT

Norma que impide a la Subsecretaría de Educación reclamar de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones contra la resolución del CPLT que le ordena hacer entrega de información, se impugna ante el Tribunal Constitucional.

La requirente alega que el precepto legal objetado infringe la igualdad ante la ley, la igual protección de la ley en el ejercicio de los derechos y el debido proceso, desde que la obliga agotar la vía administrativa ante el CPLT, para luego quedar restringida de reclamar ante el tribunal que designa la misma ley.

10 de noviembre de 2024

Reclamo de ilegalidad de Codelco contra decisión del CPLT que ordenó entregar contrato de explotación del Salar de Maricunga y una interpretación del mismo, se acoge por la Corte de Santiago.

11 de septiembre de 2024
Consideró que una interpretación sistemática de las normas que rigen en nuestro ordenamiento jurídico permite sostener que en él se tutela la información comercial sensible de los agentes económicos que puede ser constitutiva de fórmulas, estrategias o secretos comerciales u otros elementos cuya preservación confiere a ese agente ventajas competitivas en el mercado, debiendo estimarse que resulta perfectamente plausible en relación con Codelco, teniendo en cuenta su función, y el estatuto jurídico al que se encuentra sometido.

Reclamo de ilegalidad del Registro Civil contra decisión del CPLT se acoge por la Corte de Santiago: no procede ordenar la entrega de información que implica procesar o sistematizar datos que obran en poder del Servicio.

5 de septiembre de 2024
La información que se ordena entregar al amparo de la Ley de Transparencia es aquella que obra en poder de los respectivos servicios; la que emana directamente del ejercicio de sus fines y labores, y las atribuciones del Servicio recurrente se refieren a cuestiones administrativas determinadas, dentro de las que no se incluye la de efectuar trabajos estadísticos, como lo es determinar promedios y medianas que se solicitan en el caso sub lite, respecto de la información contenida en los registros que mantiene.
Reclamo de ilegalidad rechazado.

Resolución del CPLT que ordenó al Ejército entregar información sobre armas involucradas en causas por robo o hurto de material de guerra recuperadas conocidas por Corte Marcial, se confirma por Corte de Santiago.

Al disponer el Consejo para la Transparencia que el Ejército de Chile debe hacer entrega de la información solicitada, no ha hecho más que ejercer su potestad fiscalizadora con apego a la legalidad y a la normativa reglamentaria que la rige.

7 de agosto de 2024
Requerimiento de inaplicabilidad.

Norma que impide a la Secretaría General de la Presidencia reclamar de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones contra la resolución del CPLT que ordena hacer entrega de información, se impugna ante el Tribunal Constitucional.

El requirente alega que el precepto legal objetado infringe la igual protección de la ley en el ejercicio de los derechos, el debido proceso y el derecho a secreto o reserva de los actos o resoluciones cuando la publicidad afectare el debido cumplimiento de las funciones del Estado, desde que, al restringirle el derecho al recurso, la controversia se resolverá exclusivamente por el CPLT.

5 de julio de 2024
Recurso de reclamación acogido.

Registro Civil no se encuentra obligado a proporcionar información estandarizada y procesada acerca del Registro Nacional de Deudores de alimentos.

No se comprende dentro de la obligación atingente a la transparencia de la información pública, un procesamiento, estandarización, unificación, elaboración, manejo o comparación de datos ordenados de acuerdo a la necesidad del requirente, a menos que dentro de las funciones del servicio se encuentre dicha tarea.

17 de junio de 2024
Requerimiento de inaplicabilidad.

Norma que impide a los órganos de la Administración del Estado reclamar de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones en contra del CPLT cuando se niega la entrega de información por afectar el debido cumplimiento de sus funciones, se impugna ante el Tribunal Constitucional.

La Superintendencia de Educación alega que la norma legal objetada infringe la igualdad ante la ley, la igual protección de la ley en el ejercicio de sus derechos y el debido proceso, desde que se le impide reclamar en contra de la decisión del CPLT ante la Corte de Apelaciones, lo que implica que el Consejo resuelve en única instancia y sin control judicial. Se afecta, por tanto, el derecho a defensa jurídica, en su vertiente del derecho al recurso.

23 de abril de 2024
Corte de Santiago rechazó reclamo de ilegalidad.

USACH debe entregar antecedentes académicos de Elisa Loncón, así como una lista de los docentes bajo permiso sabático remunerado.

La magistratura sostuvo que la Universidad no cuestionó la publicidad de la información solicitada respecto de la ex convencional, esgrimiendo sólo una presunta falta de quórum para sesionar por parte del Consejo para la Transparencia; tesis que fue desestimada por los jueces de fondo, al observar que no existen causales para mantener en secreto los antecedentes académicos de Loncón.

2 de abril de 2024
Requerimiento de inaplicabilidad.

Norma que impide a órganos de la Administración del Estado reclamar de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones contra el CPLT si la publicidad de la información afecta el debido cumplimiento de sus funciones, se impugna ante el Tribunal Constitucional.

La Municipalidad de Antofagasta alega que la norma legal objetada infringe la igualdad ante la ley, la igual protección dela ley en el ejercicio de sus derechos y los principios de supremacía constitucional y de juridicidad, desde que no sólo excede la regulación establecida en la Constitución, respecto del principio de publicidad, sino que además limita la posibilidad de reclamar ante los tribunales de justicia, lo que produce una desigualdad y trato discriminatorio del legislador

2 de abril de 2024
Recurso de queja acogido.

Procedimientos de elaboración de un medicamento están amparados por el secreto industrial, resuelve la Corte Suprema.

El laboratorio fabricante del medicamento “Sertralina”, se opuso a una solicitud de acceso a la información, argumentando que el proceso de elaboración del producto se encuentra protegido por la causal de secreto del Nº2 del artículo 21 de la Ley de Transparencia, tesis que fue confirmada por el máximo Tribunal al hacer lugar al recurso de queja deducido contra los ministros de la Corte de Santiago que habían desestimado el reclamo de ilegalidad deducido por el laboratorio.

5 de marzo de 2024