Superintendencia de Seguridad Social.
Todo empleador afiliado a una Caja de Compensación tiene la obligación de deducir, retener y enterar las sumas que adeude el trabajador por concepto de crédito social, sin necesidad de contar con su autorización.
La Asociación Gremial de Cajas de Compensación implementó un sistema integrado de recaudación de deudas pendientes o vigentes provenientes de los créditos sociales otorgados a trabajadores.
11 de marzo de 2021