![](https://www.diarioconstitucional.cl/wp-content/uploads/2023/05/tiempo.jpg)
El derecho a la concreción horaria queda sujeto, caso de no existir acuerdo colectivo o individual, a su exigencia en sede judicial, que deberá ponderar los bienes e intereses confrontados, el del trabajador y el de la empresa, bajo un criterio de » razonabilidad y proporcionalidad», siendo en consecuencia un derecho «condicionado».
25 de mayo de 2023