El máximo Tribunal sostuvo que la entidad bancaria incumplió con su deber de seguridad, al permitir giros a nuevas cuentas por un monto mayor al mínimo, y no fiscalizar que dichas operaciones eran indiciarias de fraude al no corresponderse con la conducta financiera habitual en el cliente, infringiendo de esta forma el artículo 23 de la Ley del Consumidor.
Daño emergente
Provincia de Buenos Aires debe pagar una millonaria indemnización a víctima de la “Masacre de Ramallo” por una reacción policial desmedida e injustificada, resuelve la Corte Suprema de Argentina.
Club de fútbol es responsable por los incidentes ocurridos en su estadio tras un partido y por las lesiones sufridas por asistentes, resuelve tribunal argentino.
Corte Suprema confirma fallo que condenó a empresa agrícola por daños provocados por fumigación en predio colindante.
Juzgado Civil de Santiago condena a médico y clínica privada a indemnizar por negligente cirugía estética.
El Tribunal consideró que hubo actuar negligente en el procedimiento quirúrgico que dejó con secuelas a la paciente demandante.
Aseguradora debe indemnizar a cliente por cuantificar erróneamente los daños que sufrió su vehículo y por negarse a dar cobertura en tiempo y forma.
La “suma asegurada” cumple la función que le es propia cuando la aseguradora hace honor a su obligación en tiempo también propio, esto es, en el tiempo en el que, por haber sido previsto en el contrato o resultar de la ley, es el que las partes han tenido en mira al cuantificar de ese modo el máximo de la indemnización que, llegado el caso, habrá de percibir el asegurado.
Compañía de electricidad debe indemnizar a frigorífico que perdió toda su carne a raíz de un corte de luz.
La normativa persigue no sólo castigar un grave proceder sino también el de prevenir la reiteración de hechos similares en un futuro, restablecer el equilibrio emocional de las víctimas, reflejar la desaprobación social frente a las graves inconductas y proteger el equilibrio del mercado con el objeto de brindar real operatividad al Derecho del Consumidor.
Aseguradora debe indemnizar el daño moral causado a una mujer por una fuga de agua que destruyó su álbum familiar.
Pese a que el álbum podía recordar momentos que no resultaran agradables después del divorcio, contenía unas 60 fotografías, entre las cuales no sólo había fotos de los novios, sino de muchos miembros de la familia, lo que al propio tiempo constituía un medio de plasmación de recuerdos.
Corte de Santiago confirma fallo que acogió demanda contra compañía de seguros por incumplimiento de contrato.
El Tribunal del alzada confirmó en todas sus partes la sentencia impugnada, dictada por el Decimonoveno Juzgado Civil de Santiago.
Hotel debe indemnizar por daño emergente y daño moral a cliente que sufrió cortes en su mano mientras se hospedaba en él.
El recinto no pudo desvirtuar la existencia de culpa y la ausencia de medidas de seguridad necesarias para evitar el accidente.
Corte Suprema ordena a hotel pagar indemnización por daño emergente a huésped accidentado.
El máximo Tribunal estableció que se encuentra probada en la especie, la responsabilidad del hotel en el accidente, por lo que ordenó al pago por daño emergente, junto a los $5.500.000, a título de daño moral, fijado en el fallo de primera instancia.
Demanda de indemnización de perjuicios por daño moral en contra de autor del delito de violación se acoge por la Corte de Copiapó.
Debe ser rechazado el daño emergente sufrido por sus padres, a pesar de la abundante prueba rendida, por cuanto no ejercieron la acción junto a su hija y no son sujetos activos de la acción indemnizatoria ejercida.
Corte de Santiago aumenta indemnización a peatón que resultó con heridas faciales y fractura de brazo al caer debido a una vereda en mal estado en Providencia.
El tribunal de alzada elevó el monto indemnizatorio por considerarlo más condigno a los padecimientos soportados por la demandante que, tras ser sometida a intervenciones quirúrgicas, requiere de asistencia permanente de un tercero.
Demanda de indemnización de perjuicios contra Municipalidad de Concón por no señalizar prohibición de transitar por borde costero, es acogida.
El municipio es responsable del accidente sufrido por la demandante, pues omitió precaver el peligro de caída para transeúntes y ciclistas que circulen por el borde costero.