Procede eliminar los expedientes de ejecución de sanciones de jóvenes atendidos por el SENAME, una vez que los mismos han sido cerrados por cumplirse tales sanciones.
l plazo para eliminarlos queda sujeto a la normativa contenida en la ley N° 19.628, la que impide la utilización de antecedentes para fines distintos a los previstos para su recolección y ordena la eliminación de estos cuando su almacenamiento carezca de fundamento legal.