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El máximo Tribunal consideró como arbitraria la facultad de sancionar “sin proceso previo” a los actores por -supuestamente- incumplir sus “deberes masónicos”, relacionados a una conducta como directores de una corporación educacional. De esta forma, la magistratura anuló el castigo, y la situación interna de los recurrentes deberá ser solucionada mediante un procedimiento que garantice el respeto al debido proceso.
17 de abril de 2024