Decisión de no perseverar en el procedimiento

Normas que permiten al Ministerio Público comunicar la decisión de no perseverar en el procedimiento y que impiden al querellante forzar la acusación, no producen resultados contrarios a la Constitución

Resolvió que, en materia penal, los derechos de las víctimas no otorgan un derecho subjetivo a actuar directamente en el proceso, ya que la acción penal persigue un interés público. Agregó que la formalización es un requisito para que el querellante pueda acusar, pues es el Ministerio Público quien dirige la investigación, lo que garantiza un proceso justo y evita la privatización de la acción penal.

26 de diciembre de 2024

Normas que le impiden a la querellante presentar acusación particular si el Ministerio Público no ha formalizado la investigación, se impugna ante el Tribunal Constitucional.

24 de enero de 2024
El requirente alega que las normas legales objetadas infringen la igualdad ante la ley, el debido proceso, el derecho de la víctima a perseguir el imputado, desde que con ocasión de que la Fiscalía decidió cerrar la investigación y, con ello, comunicar la decisión de no perseverar en el procedimiento sin que se haya formalizado al imputado, se le impide a la querellante presentar acusación particular en igualdad de condiciones que el Ministerio Público.

Normas que facultan al Ministerio Público para no perseverar en la investigación, se impugnan ante el Tribunal Constitucional.

16 de enero de 2024
El requirente sostiene que las normas legales objetadas infringen la igualdad ante la ley, el debido proceso y el derecho de la víctima a perseguir penalmente el delito, desde que se limita la capacidad del juez de controlar la actividad del Ministerio Público al ejercer las facultades que la ley le entrega en el ejercicio de la acción penal, ya que la decisión de no perseverar no puede ser sometida a escrutinio judicial.

Norma que impide deducir acusación particular si previamente no se ha formalizado la investigación, se impugna ante el Tribunal Constitucional.

24 de septiembre de 2023
El Fiscal solicitó se cite a audiencia para comunicar de la decisión de no perseverar en la investigación, sin haber mediado formalización previa, lo que el requirente alega infringe el debido proceso, la tutela judicial efectiva, el principio de inexcusabilidad del tribunal y el derecho al ejercicio de la acción penal de la víctima al verse impedida de ejercer la acción penal.
Páginade 1