Desde el año 2010 hasta el 2019, el Tribunal Constitucional mantuvo una línea jurisprudencial conforme a la cual rechazaba los requerimientos de inaplicabilidad interpuesto en contra del artículo 248 letra c) el Código Procesal Penal. Sin embargo, en una nueva línea jurisprudencial, este artículo resulta inaplicable y contrario a derecho, refiere el recurrido.
Decisión de no perseverar
Internación provisoria de adolescente atendida la penalidad asignada a delitos por los que fue formalizado, es ilegal resuelve Corte de Concepción.
Norma que permite al Ministerio Público comunicar la decisión de no perseverar en el procedimiento luego de cerrarse la investigación, se impugna ante el Tribunal Constitucional.
Tiempo que amparado estuvo bajo prisión preventiva en causa que el Ministerio Público comunicó la decisión de no perseverar en el procedimiento se debe abonar a la pena que actualmente cumple de manera efectiva.
Si se comunicó la decisión de no perseverar, el tiempo que el condenado estuvo bajo arresto domiciliario nocturno en causa diversa debe abonarse a la pena que actualmente se encuentra cumpliendo.
Al momento de decidir sobre la aplicación de la institución del abono heterogéneo, se debe apuntar al tiempo que una persona estuvo privada de libertad sin que finalmente se la haya condenado, cualquiera sea la forma de término de dicha investigación.
Norma que le permite al Ministerio Público comunicar la decisión de no perseverar en el procedimiento, se impugna por la Parroquia La Asunción ante el Tribunal Constitucional.
El requirente alega que la norma legal objetada infringe el derecho a ejercer la acción penal, la igual protección de la ley en el ejercicio de sus derechos y el debido proceso, desde que a pesar de que existen diligencias pendientes, no podrá ejercer su derecho a la acción penal en contra de los encapuchados que atentaron contra la Iglesia durante el estallido social.
Google debe eliminar publicaciones escritas en un foro online donde se acusaba a una persona de “pedófilo y violador de niños”, por vulnerar su derecho a la honra.
La empresa no puede asilarse en su rol de intermediaria, para desligarse de la responsabilidad que le asiste al permitir que terceros injurien al recurrido, especialmente si el Ministerio Público decidió no perseverar en la investigación contra el actor; por lo tanto, éste puede ampararse en el derecho al olvido y exigir la eliminación de los comentarios vertidos en su contra.
Norma que impide deducir acusación particular si previamente no se ha formalizado la investigación, se impugna ante el Tribunal Constitucional.
El requirente alega que las normas legales objetadas infringen la igualdad ante la ley, el debido proceso y la tutela judicial efectiva, ya que, al no haberse formalizado la investigación, la decisión de no perseverar en el procedimiento hace imposible el ejercicio del derecho a la acción penal por parte de la víctima.
Si la privación de libertad terminó por decisión del Ministerio Público de no perseverar en el procedimiento, no procede abonar el tiempo que la amparada permaneció bajo arresto domiciliario nocturno a la condena que le fue impuesta en causa diversa.
El ente persecutor decidió no perseverar por lo que en la causa no ha recaído sobreseimiento definitivo ni sentencia absolutoria. Además, actualmente purga pena por un delito que fue cometido precisamente en la época que cumplía la medida cautelar de arresto domiciliario nocturno, lo que interrumpió el curso de una eventual prescripción.
Norma que faculta al Ministerio Público para comunicar su decisión de no perseverar en la investigación, se impugna en sede de inaplicabilidad ante el Tribunal Constitucional.
El requirente estima que la norma objetada resulta discriminatoria y atentatoria contra su derecho a la defensa.
Normas que facultan al Ministerio Público a no perseverar con la investigación, se impugnan en sede de inaplicabilidad ante el Tribunal Constitucional.
El requirente alega que la aplicación de estas normas coarta el ejercicio de su acción penal en tanto víctima de un delito.
Normas que condicionan la continuidad de la persecución penal por la víctima a la formalización de la investigación, se impugnan en sede de inaplicabilidad ante el Tribunal Constitucional.
El requirente alega que se le priva de su derecho a la acción penal sin un control judicial previo, vulnerando su garantía al debido proceso.
Normas que permiten al Ministerio Público no perseverar en el procedimiento penal sin previa formalización, se impugnan en sede de inaplicabilidad ante el Tribunal Constitucional.
El requirente alega que se vulnera su derecho a la acción penal y el debido proceso.
Normas que condicionan la posibilidad de continuar la persecución penal por parte de la víctima a la formalización de la investigación, se impugna en sede de inaplicabilidad ante el Tribunal Constitucional.
El requirente alega que se le priva de su derecho a la acción penal sin un control judicial previo, vulnerando su garantía al debido proceso.