La normativa debe interpretarse en el sentido de que se opone a que se ordene el retorno o la expulsión de un migrante que se encuentre ilegalmente en el territorio de un Estado miembro y padezca una enfermedad grave, cuando existan motivos fundados y se crea que la persona estaría expuesta, en el tercer país al que sería expulsada, a un riesgo real de aumento significativo, permanente y rápido de su dolor.
28 de noviembre de 2022