No es posible sostener que el engaño haya radicado en la conducta previa del imputado, específicamente, en haber celebrado y cumplido un mutuo anterior. Este acto, lejos de constituir un indicio de engaño, refuerza la existencia de una relación basada en la confianza y el cumplimiento previo.
Delito de estafa
Gerente y empleado de empresa tributaria incurren en falsedad documental al falsificar contrato de prestación de servicios respecto a una contribuyente, resuelve un tribunal español.
Medida cautelar de suspensión de cobros contra Mercado Libre y una entidad bancaria por la estafa que habrían sufrido clientes, decreta un Tribunal argentino.
Autor de una “estafa de amor” es condenado a pena de prisión por un tribunal español: manipuló a una mujer en redes sociales para obtener ganancias económicas.
Despido de trabajadora desvinculada por emitir una factura falsa es improcedente, resuelve un tribunal español: actuó por orden de sus superiores jerárquicos.
Es cierto que se siguen actuaciones penales por esa presentación del documento modificado al cliente con respecto del previamente emitido por la subcontratada para realizar la operación requerida, pero en la propia sentencia se descarta que la demandante actuase de propia mano, pues lo hizo a requerimiento de sus superiores uno era el gerente al que debía ser soporte en su actividad ordinaria.
Sentencia condenatoria por el delito de estafa no vulnera el principio de razón suficiente.
El principio de razón suficiente consiste en que todo existe por alguna razón; nada existe sin una causa o razón determinante; nada puede sea nada, todo obedece a una razón. Pero no es un principio absoluto, exento de críticas. No es un principio seguro en su entendimiento, de momento que desde el siglo XIX hasta hoy, la comunidad especializada lo determinó como un principio con una formulación ambigua, “que podía significar múltiples cosas.”
Despido de trabajadora que causó un perjuicio económico a su empleador al depositar bajo engaño dinero en una cuenta de criptomonedas se ajusta a derecho, resuelve tribunal español.
A pesar de las circunstancias consideradas por el juzgador de instancia que van en la línea de matizar la culpabilidad de la trabajadora, lo cierto es que esta incumplió tanto con la normativa interna de la empresa que se le había transmitido, como con su deber de diligencia, quebrando la confianza depositada en ella por parte de la empresa, llevando a cabo una actuación que puede calificarse de imprudente.
Tribunal español confirma absolución de mujer acusada de estafar a la Real Federación Española de Fútbol.
Se llega a la conclusión de que lo único que puede presumirse es que se facilitó al tercero la cuenta corriente por la acusada, debiendo añadirse a ello que pudo ello ser así, sin intención delictiva o dolo acreditado, o bien ocurrir el hackeo o intercepción («pishing») antes referido, por lo que está claro que no se ha probado connivencia o ignorancia inexcusable en operativa conocida por la acusada.
Excusa absolutoria por parentesco en relación a delito de estafa cometido contra novia y sus padres por faltar la estabilidad para que se asimile a una relación conyugal, no es procedente.
El acusado hizo creer a su pareja y sus padres que era ingeniero y abogado y que les ayudaría con unos trámites, con el único fin de sacar beneficios económicos.
No basta para condenar hacer mención a los hechos que se tuvieron por acreditados si ellos no se conectan con la participación atribuida al acusado.
El resolutor no realizó un análisis ni ponderación circunstanciada de los medios probatorios, incumpliendo, además, el deber de fundamentación.
No se vulnera el derecho a defensa por desestimarse la lectura de un documento en idioma inglés no incorporado válidamente al juicio, resuelve Corte de Santiago.
La incorporación de dicha prueba al juicio supone que ella sea inteligible y susceptible de ser comprendida por los intervinientes, peritos, testigos y por cierto para el tribunal, factor que no se verifica si dichas pruebas -en este caso las cartolas que refiere el recurrente- se encuentran otorgadas en un idioma distinto al castellano y sin traducir válidamente.
Normas que facultan al Ministerio Público para no perseverar en la investigación, se impugnan ante el Tribunal Constitucional.
El requirente sostiene que las normas legales objetadas infringen la igualdad ante la ley, el debido proceso y el derecho de la víctima a perseguir penalmente el delito, desde que se limita la capacidad del juez de controlar la actividad del Ministerio Público al ejercer las facultades que la ley le entrega en el ejercicio de la acción penal, ya que la decisión de no perseverar no puede ser sometida a escrutinio judicial.
Pareja fue condenada a prisión por estafar a sacerdote haciéndole creer que su hijo estaba enfermo.
Mediante un plan preconcebido engañaron al sacerdote, consiguiendo ganarse la confianza y abusando de su generosidad y espíritu solidario, lograron mediante ardides que les entregase de forma periódica ingentes cantidades de dinero que exceden de los cincuenta mil euros.
Publicación en Instagram configura el tipo penal del delito de estafa por inducir a un error no vencible.
La reseña efectuada demuestra que no se ha tratado de una “una simple mentira fácilmente advertible para cualquier persona que hubiera adoptado una mínima diligencia” sino que se ha montado un escenario ficticio con idoneidad y entidad suficiente como para inducir al sujeto pasivo a error.