Se considera digna de mayor protección la integridad física, el bienestar y la vida del animal que vaya a emplearse en esta edición del Toro Júbilo 2024 frente a la celebración del festejo taurino tradicional que se pretende. El elemento tradicional, la tradición y determinados ritos, no pueden alzarse como un valladar infranqueable de la consideración actual de los animales como seres sintientes y su debida y ya legal protección por la normativa europea y española.
Delito de maltrato animal
Causa que busca la liberación de orca “Kshamenk” en cautiverio debe ser resuelta por la justicia federal, resuelve un tribunal argentino.
Autoridad debe entregar 26 caballos a una ONG debido al deplorable estado en que se encuentran, ordena la justicia argentina.
Orden para trasladar al chimpancé Toti a un santuario de primates fuera del país se confirma por la Corte Suprema de Argentina.
Sanción de multa a ganadero que dio muerte a un jaguar, se confirma por el Supremo Tribunal Federal de Brasil.
El ganadero dio muerte al jaguar por los presuntos ataques al ganado de su hacienda y tras publicar un video en redes sociales dando cuenta del hecho fue multado y arrestado por la comisión de un delito ambiental. Sin embargo, fue liberado tras suscribir un acuerdo de persecución no penal con el Ministerio Público.
Tribunal argentino resuelve que los animales son seres sintientes que requieren protección al ser sujetos de derechos, y que su bienestar debe ser tenido en cuenta en los conflictos familiares.
Los animales no humanos, en especial los que han sido domesticados, son seres sintientes, que extrañan, que sufren y que adquieren costumbres, por lo que resulta indudable que el cambio que produce la separación de los cónyuges y la alta conflictividad, los afectará también.
Ciudad argentina aprueba norma que reconoce a los caballos como seres sintientes.
Se reconocen los derechos de los equinos como seres sintientes, que deben ser tratados con respeto y consideración. Se prohíbe el uso de métodos crueles o inhumanos en el entrenamiento, monta o utilización de los equinos.
Tribunal argentino desestima solicitud de mujer acusada de maltrato animal que pretendió conocer la ubicación de sus aves decomisadas para visitarlas.
No se advierte el gravamen exigido por el código para la procedencia del recurso intentado. Además, resulta oportuno recordar la doctrina de los “actos propios”, que es considerada un principio general del derecho, y destacar que a nadie le es lícito hacer valer un derecho en contradicción con su anterior conducta.
Mujer es condenada a 18 meses de cárcel por dejar morir de hambre a su perro.
Tener un animal encerrado en espacio reducido y con el bozal puesto a diario causa un estrés tremendo. Se acreditó que fue la falta de atención y el hecho de tener al animal todo el día con el bozal lo que le impedía comer y beber causándole la muerte.
Norma del Código Penal que establece la pena accesoria de inhabilidad para la tenencia de animales a quien se condene por maltrato o crueldad con animales, no será examinada en sede inaplicabilidad por el Tribunal Constitucional.
Impugnación no cumple con explicar suficientemente la aptitud del precepto legal objetado para contrariar, en su aplicación al caso concreto, la Constitución.
Norma que tipifica el delito de maltrato animal en aquella parte que sanciona con la pena accesoria de inhabilidad absoluta perpetua para la tenencia de cualquier tipo de animales, se impugna ante Tribunal Constitucional.
Afecta el derecho a la honra y dignidad de la persona, el principio de proporcionalidad, el debido proceso y el contenido esencial de esas garantías.