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El acusado fue quien redactó la providencia a firmar por el concejal, con pleno conocimiento de la irregularidad de la resolución y tanto es así que conocía la inexistencia de procedimiento administrativo alguno es por lo que acudió a otro procedimiento administrativo, éste sí regular y existente en materia de personal, para redactar la resolución que pasó a la firma del concejal.
22 de julio de 2024