La protección penal de los agentes en el ejercicio de sus funciones desaparece cuando actúan, no en cumplimiento de la legalidad sino de forma arbitraria y abusiva como en el presente caso, de modo que no cabe exigir al ciudadano que quede inmóvil, pasivo e inerme ante el abuso policial sino que es comprensible y tolerable un cierto nivel de oposición física siempre que exista la debida proporcionalidad.
4 de noviembre de 2024