Delito de vejación injusta de carácter leve

Padre que reprendió a su hija menor de edad es absuelto del delito de maltrato: el hecho no es constitutivo de delito y no fue debidamente acreditado.

Lo probado no es de ninguna manera constitutivo de delito, porque no hay vejación injusta de clase alguna. Y si alguien, equivocadamente pudiera entender lo contrario, no ha de olvidar que sigue existiendo en el Código civil el derecho de corrección de los padres sobre sus hijos menores, como también pervive la obligación de los hijos de obedecer a sus padres mientras permanezcan bajo su potestad, y respetarles siempre.

23 de junio de 2023