De acuerdo al Pleno la reformulación del principio de oportunidad y de la suspensión condicional del procedimiento, sin un correlativo fortalecimiento, reducirá las capacidades institucionales destinadas a procesar casos más complejos, al emplearlas en abordar casos que de otro terminarían bajo dicha figura, además que no dan cuenta de la necesaria diferenciación entre reincidentes y quienes han aceptado salidas alternativas.
27 de febrero de 2023