Derecho a defensa

Derecho a la igualdad de armas.

Audiencias telemáticas no pueden vulnerar las garantías procesales de las partes del juicio, resuelve el Tribunal Supremo de España.

La celebración telemática del juicio oral, total o parcial, no puede suponer una merma de las garantías procesales en virtud de la legislación. Esta acuerda que todas las actuaciones procesales se realizarán preferentemente mediante presencia telemática siempre que se disponga de los medios técnicos. La introducción de nuevas tecnologías no puede menoscabar la integridad del proceso.

21 de junio de 2024
Corte Suprema de Argentina.

Derecho al recurso de persona condenada como autor de un homicidio se vulnera al declarar extemporáneo su recurso si se contabiliza el plazo desde que se notificó al acusado y no a su defensa letrada.

Si bien no procede el recurso extraordinario cuando se pretende revisar las decisiones de los tribunales de la causa en materia de admisibilidad de los recursos por tratarse de un aspecto de naturaleza procesal, esta Corte ha establecido excepciones a esa regla general cuando la resolución apelada conduce, sin fundamentos adecuados, a una restricción sustancial de la vía utilizada que afecta el debido proceso y el derecho de defensa en juicio.

28 de abril de 2024
Violó el derecho a la estabilidad laboral de los magistrados.

Corte IDH condena a Honduras por la destitución arbitraria e ilegal de jueces de la Corte Suprema del país.

El Estado vulneró la garantía de estabilidad o inamovilidad en el cargo y con ella, el derecho a acceder a un cargo público en condiciones generales de igualdad, protegido por el artículo 23.1.c) de la Convención Americana, en relación con los artículos 1.1 y 2 del mismo instrumento, en perjuicio las víctimas.

6 de abril de 2024
Requerimiento de inaplicabilidad.

Norma que niega el recurso de nulidad en contra de la sentencia dictada en segundo juicio oral en lo penal si el primer fallo también fue condenatorio, se impugna ante el Tribunal Constitucional.

El requirente alega que la norma legal objetada infringe la igualdad ante la ley y el debido proceso, desde que al negarse el recurso de nulidad en contra de la sentencia definitiva dictada en un segundo juicio oral –con condena más gravosa- no se permite que un superior de mayor jerarquía revise una situación de injusticia, en cuanto al quedar firme una decisión que fue adoptada con vicios, ocasionará un perjuicio indebido al condenado.

10 de marzo de 2024
Recurso de nulidad acogido.

Juez de Garantía no puede omitir su obligación de dar a conocer al acusado íntegramente y por escrito la sentencia condenatoria.

El máximo Tribunal sostuvo que el juez del grado no puede conformarse únicamente con dar a conocer la parte resolutiva del fallo, debido a que de los artículos 39, 381, y 396 del Código Procesal Penal, se desprende su obligación de escriturar íntegramente la decisión condenatoria, y en caso contrario, la magistratura vulnera los derechos a defensa y a presentar recurso que posee el imputado.

1 de marzo de 2024
En caso contrario se vulnera el derecho a defensa.

Notificaciones vía email realizadas por fiscalizadores no tienen validez si correo electrónico no ha sido debidamente autenticado por la empresa infractora, resuelve tribunal peruano.

La sola asignación de las casillas a los administrados, no resultan suficiente para que el acto de notificación resulte válido; por el contrario, será a partir de la autenticación del administrado – el registro de datos, correo electrónico, celular, la habilitación del usuario y contraseña -, que deberá entenderse como el consentimiento expreso del administrado para la notificación de actos administrativos.

17 de febrero de 2024
Recurso de protección rechazado.

El funcionario sometido a sumario pudo ejercer su defensa y recurrir ante sus superiores para impugnar la destitución, por lo que no se ha vulnerado el debido proceso.

La magistratura desestimó el recurso de protección de un funcionario de SERNAPESCA que fue destituido luego de un sumario administrativo, al verificar que el actor en todo momento pudo controvertir y aportar pruebas que desvirtuaran los cargos que se le formularon, por lo tanto, no fue conculcado el debido proceso durante el sumario administrativo que ordenó su destitución del Servicio.

6 de enero de 2024