Notificaciones vía email realizadas por fiscalizadores no tienen validez si correo electrónico no ha sido debidamente autenticado por la empresa infractora, resuelve tribunal peruano.
La sola asignación de las casillas a los administrados, no resultan suficiente para que el acto de notificación resulte válido; por el contrario, será a partir de la autenticación del administrado – el registro de datos, correo electrónico, celular, la habilitación del usuario y contraseña -, que deberá entenderse como el consentimiento expreso del administrado para la notificación de actos administrativos.