Derecho a la imagen

Derechos personalísimos.

Tribunal argentino resuelve que captación mediante “cámara oculta” de imágenes y voces de personas en una investigación periodística viola el derecho a la imagen y a la voz, si su utilización es innecesaria para lograr la finalidad perseguida.

El hecho de que una investigación periodística tenga un objeto de interés público no justifica de por sí el uso de una cámara oculta. Es necesario, adicionalmente, demostrar que su empleo es imprescindible para lograr la finalidad buscada.

24 de abril de 2021