Derecho a la Intimidad

Inadecuado tratamiento de aguas residuales.

Olores nauseabundos en viviendas afectan la tranquilidad de las personas, por lo que es deber del Estado garantizar estándares mínimos de higiene y habitabilidad, resuelve la Corte Constitucional de Colombia.

La emisión de olores afecta varios derechos y la tranquilidad de las personas. Por esa razón, varias jurisdicciones regulan las actividades industriales que puedan emitir malos olores, limitan estas dispersiones y han protegido los derechos a la salud, a la vida privada y a la vivienda digna de quienes se han visto afectados por estos olores.

18 de agosto de 2024
Requisitos impuestos son improcedentes.

Entidad de salud debe cubrir gastos de cirugía reconstructiva de mujer que se practicó un bypass gástrico para tratar su obesidad mórbida, resuelve un tribunal argentino.

El padecimiento de la amparista se encuentra acogido por la ley 26.396, que declara de interés nacional la prevención y control de trastornos alimentarios. Siguiendo dichos lineamientos, consideró que de la normativa reseñada se desprende la obligación legal de la cobertura integral que le compete a la demandada en su carácter de prestador de servicios salud.

9 de agosto de 2024
En caso contrario se vulnera su derecho a la intimidad.

Empresas deben informar a sus trabajadores que las cámaras de vigilancia en el trabajo realizan grabaciones de audio, resuelve un tribunal español.

Si bien en un principio el empresario estaba en su derecho para poder instalar cámaras de control de videovigilancia, anunciadas con cartel visible, al tratarse de cámaras con audio, debería haber notificado dicho extremo, previamente, a los trabajadores, por afectar no sólo a su intimidad en abstracto, sino también a su derecho a la intimidad y secreto en sus comunicaciones.

28 de junio de 2024
Secreto de las comunicaciones vulnerado.

Despido de trabajadoras que insultaban a su empleador en un grupo de WhatsApp privado es improcedente, resuelve un tribunal español.

El insulto u ofensa grave dirigida por el trabajador/a al empresario/a justifica, como regla general, el despido disciplinario. El referirse al empresario/a, en los mismos términos, en una conversación privada y «cerrada», con expectativa de intimidad, entre compañeras de trabajo que están en conflicto con el empresario, no.

14 de junio de 2024
Opinión.

¿El true crime afecta a los derechos fundamentales de los condenados?, por David Muñoz Zapata – Antonio Benítez Ostos.

El derecho al honor, a la intimidad y a la propia imagen de las víctimas y sus familias, está siendo invocado por quienes ven en el true crime una vulneración del artículo 18 de la Constitución. Sin embargo, no olvidemos que un criminal convicto y sentenciado, que se encuentra cumpliendo condena, también es merecedor de estos derechos fundamentales y puede invocarlos si estima que están siendo vulnerados por una serie de televisión.

10 de junio de 2024
Se acreditó agresión a policías.

Recopilación de imágenes extraídas de grabaciones realizadas por medios de comunicación tienen valor probatorio en juicio, resuelve el Tribunal Supremo de España.

Si la defensa tenía alguna sospecha sobre posibles falsificaciones debería haber solicitado a los correspondientes medios de comunicación copias de las imágenes originales y cotejarlas con las que obran en autos. No existe pues vulneración de la cadena de custodia, y la prueba ha sido debidamente valorada.

30 de mayo de 2024
Despido no es nulo por no encontrarse vulnerada su libertad de expresión.

Despido de trabajador que profirió expresiones “homofóbicas” durante el día el Orgullo LGBT es improcedente, resuelve un tribunal español.

La conducta desarrollada por el actor no puede enmarcarse dentro del ámbito de la libertad de expresión que todos pueden ejercer según la Constitución, ya que desarrolló en el correo electrónico no cuestionado un discurso relativo al colectivo homosexual que tendía a difamar públicamente a un grupo de personas por razón de su orientación sexual.

22 de mayo de 2024
Violencia obstétrica.

Entidades de salud deben garantizar un trato digno a las mujeres que deciden interrumpir su embarazo, resuelve la Corte Constitucional de Colombia.

Si bien en la jurisprudencia constitucional se ha referido con mayor detalle a la violencia obstétrica cuando el embarazo es llevado a término, lo anterior no quiere decir que la mujer que decide interrumpir su embarazo esté obligada a padecer violencia obstétrica y a resignarse a ver vulnerados de derechos fundamentales a la dignidad humana, la salud, el derecho a vivir sin violencia y la no discriminación.

10 de mayo de 2024