No puede dejar de observarse la existencia de arraigo familiar en este país, lo que lleva a concluir que los fundamentos esgrimidos por la autoridad carecen de razonabilidad y proporcionalidad frente a las circunstancias y, sopesando la afectación que ello genera en el derecho a la libertad personal del amparado, garantizado por la Constitución.
24 de noviembre de 2024