Derecho a ser juzgado en un plazo razonable

Reprogramar audiencia de juicio oral manteniendo la prisión preventiva del imputado atendido el carácter de los ilícitos atribuidos no vulnera su derecho a ser juzgado en un plazo razonable.

El procedimiento criminal en contra del amparado se inició el 25 de julio de 2023, decretándose en dicha fecha la medida cautelar de prisión preventiva, pero no aparece que en el desarrollo del proceso se haya vulnerado su derecho a ser juzgado en un plazo razonable considerando el carácter de los ilícitos que se le atribuyen y los fundamentos de la petición del persecutor para reprogramar la audiencia de juicio oral.

29 de octubre de 2024

Norma que establece que no procede el abandono del procedimiento en juicios laborales, no produce efectos contrarios a la Constitución.

2 de julio de 2024
La Magistratura Constitucional señala que de la revisión de los antecedentes se evidenciaría que la inactividad procesal no se debe a la falta del impulso procesal de oficio, sino que, a la actitud procesal del requirente en sentido de no efectuar el pago de lo adeudado, oponer excepciones ni objetar la reliquidación del crédito, buscando evitar las medidas dispuestas en su contra.

Normas que no admiten el abandono del procedimiento en juicios de cobranza laboral y previsional, no producen resultados contrarios a la Constitución.

29 de agosto de 2023
Son las instituciones previsionales las encargadas de perseguir el pago. El trabajador es un tercero. Por ello, aunque se estimara que la dilación del proceso es imputable a una falta de diligencia de la A.F.P, mal podría esa negligencia traducirse en una declaración de abandono que tiene por objeto pagar las cotizaciones previsionales que se adeudan al trabajador, pues con ello se estaría incumpliendo el principio de protección (art. 19 N°16).
Tribunal Constitucional de Perú.

Poder Judicial vulneró derechos de un hombre al no resolver su situación jurídica en un plazo razonable y por no permitirle impugnar el fallo condenatorio, tras haber sido absuelto en tres ocasiones.

El Estado no puede actuar como un perseguidor ad infinitum. El ius punendi debe tener límites, tanto por su naturaleza como por sus efectos. De allí que la jurisprudencia haya concluido que la garantía de impugnación prevista en el Pacto de San José es a favor del imputado. Los juzgadores deben tenerlo en cuenta al emitir sus fallos, a fin de respetar los derechos fundamentales.

1 de mayo de 2023
Derecho a ser juzgado en un plazo razonable.

Demora irrazonable en un juicio por abuso sexual que concluyó con la absolución del imputado no se aplica en un nuevo juicio, resuelve la Corte Suprema de Canadá.

Los acusados no pueden plantear la demora del primer juicio una vez que se ordena un nuevo juicio. El cálculo de la demora se reinicia en cero cuando se inicia el segundo. El acusado debe tomar las medidas apropiadas de manera oportuna, no puede presentar una moción durante un nuevo juicio basada en la demora en su primer juicio. La tardanza en actuar impide la adecuada administración de justicia.

19 de enero de 2023
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