La protección del interés superior de los menores no implicaba que la autoridad pudiera desconocer las garantías procesales y sustanciales de las que la accionante era titular por ser víctima de violencia intrafamiliar. Aun en aquellos casos en los que existe un contexto de agresiones recíprocas, las mujeres que han sido agredidas física y psicológicamente tienen derecho a ser escuchadas en los procesos ante las autoridades de familia.
19 de noviembre de 2023