Los demandantes no hicieron valer sus intereses con diligencia: sólo interpusieron demandas civiles en el marco del proceso penal tres años y medio después de la presunta infracción, pocos días antes de que expirara el plazo de prescripción aplicable a la misma. En estas circunstancias, hay que tener en cuenta que disponían de otros recursos para hacer valer sus reclamaciones civiles.
26 de septiembre de 2024