El recurrente posee derechos de aprovechamiento respecto de cuatro norias ubicadas en terrenos de los recurridos, quienes levantaron rejas y barreras para impedirle acceder a los puntos de extracción, en un acto de autotutela prohibido por la ley y que vulnera el derecho de propiedad que el actor posee respecto de los derechos de aprovechamiento de aguas, que recaen en los pozos ubicados en propiedad de los recurridos.
Derecho de aguas
Ley que prórroga para el año 2024 el teletrabajo en la administración central del Estado, fue publicada en el Diario Oficial.
No se puede constituir por la vía judicial un derecho de aprovechamiento de aguas si en la solicitud inicial faltaban antecedentes, resuelve la Corte Suprema.
Derecho de aprovechamiento de aguas sobre un estero no autoriza a la construcción de un pozo en una de sus orillas, resuelve la Corte Suprema.
Aun cuando no exista discrepancia previa entre los interesados que piden el reconocimiento de una comunidad de aguas, la solicitud debe individualizar la persona y derechos de cada comunero.
En la especie un grupo de solicitantes señaló que eran 109 los usuarios del canal, pero no indicaron las identidades ni la proporción de derechos respecto del uso de las aguas.
Recursos naturales ubicados al interior de parques nacionales no pueden ser objeto de actividad comercial.
De acuerdo con la Convención de Washington no es posible explotar recursos naturales dentro de parques nacionales con fines comerciales. Razón por la que petición de empresa hidroeléctrica para cambiar punto de aprovechamiento de aguas es improcedente.
Las aguas que fluyen de una vertiente que nace, corre y muere dentro de una misma heredad, no se regularizan pues su título está en la ley.
El reconocimiento legal es suficiente para la protección integral del derecho, sin que sea necesario obtener una inscripción al respecto, pues el legislador tampoco lo ha exigido.
Resolución de la Dirección General de Aguas que autorizaba el cambio de un punto de captación de aguas subterráneas, se deja sin efecto.
La resolución reclamada contenía criterios contradictorios con resoluciones emitidas anteriormente por el mismo órgano, y afectaba derechos de aprovechamiento de aguas sobre el cauce del río Limarí.